Eliminarían cortes de agua a morosos domésticos

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Por: Eduardo Delgado.

De ser aprobada este jueves en el Congreso local la reforma al artículo 180 de la Ley de Aguas para el Estado, se eliminarían los cortes definitivos del servicio y el organismo operador o prestador de servicio deberá notificar al usuario moroso un aviso de suspensión, otorgándole un término de tres días para que pague el adeudo.

Así lo establece el dictamen de proyecto de decreto que será sometido este jueves a la consideración y aprobación del Pleno en sesión ordinaria de la Sexagésima Legislatura local, producto de la iniciativa de reforma que estaba por cumplir un año “en la congeladora”.

El artículo 180 vigente establece que la falta de pago en dos ocasiones consecutivas o acumuladas, “faculta al prestador de los servicios para suspender” el suministro de agua potable.

Con la reforma a ese párrafo se impondría como requisito: “Siempre y cuando se acredite la notificación que haya otorgado al usuario el término de tres días para realizar el pago; empero cuando el servicio sea para uso doméstico, únicamente se podrá restringir el suministro a la cantidad necesaria para satisfacer los requerimientos básicos de consumo humano”.

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