Emite CEDH recomendación por violento desalojo en Noria de San José en junio de 2016

Victoriano Martínez

Este miércoles, la Comisión Estatal de Derechos Humanos notificó a las autoridades involucradas en los hechos violentos en Noria de San José, ocurridos en junio de 2016, la recomendación 07/2018 en la que se acreditan violaciones a los derechos humanos de al menos ocho habitantes de esa comunidad.

Además de las violaciones a derechos humanos, la CEDH acreditó que Julio César García Meléndez, quien entonces se desempeñaba como director de asesoría jurídica de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, se ostentó como actuario judicial para facilitar a la empresa Parques American Industries la demolición del restaurante propiedad de las víctimas.

“De acuerdo a la información proporcionada por la entonces Comisionada Presidenta de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, AR7 (como es identificado en la recomendación el funcionario) sí laboró en esa dependencia hasta el 30 de septiembre de 2016 (sic), por lo que a la fecha en que ocurrieron los hechos señalados por V1, aún ocupaba el cargo de Director Jurídico.

“Por lo anterior, se dio vista a la Contraloría General del Estado, para que se iniciara un procedimiento de investigación a AR7, el cual, a la fecha de la emisión de la presente Recomendación, se encuentra pendiente de resolución”, advierte la CEDH.

La CEDH concluyó en su recomendación que se encontraron elementos suficientes para acreditar que se vulneraron los derechos humanos a la integridad, seguridad personal, legalidad y seguridad jurídica en contra de las ocho víctimas reconocidas en el expediente.

“Omisiones atribuibles a elementos de la Dirección General de Seguridad Pública del Estado y de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal de San Luis Potosí; acciones imputadas a un servidor público de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, así como omisiones atribuidas a diversos Agentes del Ministerio Público encargados de la integración de las Carpetas de Investigación iniciadas por las víctimas”, es la enumeración de las faltas detectadas.

Señala que las cuatro carpetas de investigación iniciadas por el Ministerio Público por los hechos del 14 y 23 de junio de 2016 en Noria de San José se encuentran pendientes de resolución.

“A poco más de 20 veinte meses de iniciadas aún no han sido determinadas en definitiva en consecuencia existe dilación en la integración de estas Carpetas de Investigación y por ende en la procuración de la justicia, lo que a su vez genera incertidumbre sobre la aplicación de la ley, deja pendiente la aplicación de la justicia penal hacia los probables responsables”, señala el documento.

En junio de 2016, trabajadores de la empresa Parques American Industries se presentaron en la comunidad de La Noria de San José para tomar posesión de un predio que se encuentra en litigio en tribunales agrarios, presuntamente con una orden judicial. Fue cuando García Meléndez se ostentó como actuario judicial, y después reconocieron en la CEEAV, donde entonces ocupaba el cargo de director de asesoría jurídica.

A las ahora víctimas en la recomendación 07/2018 en ningún momento les presentaron documento alguno para desalojarlos. A pesar de ello, destruyeron un restaurante propiedad de la víctima identificada como V1, y posteriormente se dio un enfrentamiento entre los habitantes del lugar y los trabajadores de la empresa, cuyo personal de seguridad agredió a los vecinos sin que los elementos de seguridad que se encontraban en el lugar intervinieran.

En el recuento del caso, la CEDH detectó que la empresa Parques American Industries había notificado al director de la Policía Estatal la acción que derivó en el tema de la recomendación, pero ésta corporación fue omisa en su obligación “preventiva en salvaguarda primordial de la integridad física de quienes ahí se encontrarían”.

“Tampoco se advierte en la evidencia recabada la forma en que la autoridad policiaca el mismo día en que le fue solicitada su presencia (14 de junio de 2016), tuviera la certeza o pudiera constatar válidamente que la Empresa 1, estaba en aptitud de ejecutar actos de dominio sobre un predio que otras personas refieren tener un mejor derecho.

“Por tanto desde el punto de vista de esta Comisión Estatal de Derechos Humanos, a lo que estaba obligada la policía era únicamente a la salvaguarda de la integridad física de las personas con posiciones antagónicas, lo que finalmente no ocurrió, pues en esos hechos V2, V3 y V8 resultaron lesionados”, estableció la CEDH.

De acuerdo con datos de la CEDH, la recomendación 07/2018 le fue notificada ayer a Jorge Vega Arroyo, titular de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas; Federico Arturo Garza Herrera, fiscal General del Estado; Jaime Ernesto Pineda Arteaga, secretario de Seguridad Pública del Estado, y Saúl Francisco García Rodríguez, encargado de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal de San Luis Potosí.

RECOMENDACIÓN 07-18

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