En puerta, reforma que obligará al STJE de SLP a transmitir sus sesiones

Antonio González Vázquez

Dieciocho años después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició la transmisión pública de sus sesiones plenarias, el Supremo Tribunal de Justicia del Estado deberá hacer lo propio. Para ello, se requiere de una inversión de 4 millones 210 mil pesos.

Las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Justicia y de Transparencia del Congreso del Estado, aprobaron el dictamen correspondiente, mismo que será llevado al pleno en la sesión ordinaria de este jueves.

De acuerdo con el dictamen, se aprobaron reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de San Luis Potosí.

En su exposición de motivos, precisa:

“Al ser el acceso a la información un derecho humano, en aras de la transparencia proactiva, y en virtud de la mayor importancia de los asuntos cuya atención son el objeto del trabajo del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia, se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, para establecer que las sesiones plenarias y de las salas que tengan carácter público, incluyendo aquellas realizadas de manera remota, se transmitan en tiempo real y públicamente, vía internet, utilizando la página oficial del Poder Judicial”.

El párrafo primero del artículo 12 de esa ley fue modificado para quedar como sigue:

“Las sesiones del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia podrán ser ordinarias o extraordinarias, serán públicas y por excepción, privadas en los casos en que así lo exija la moral o el interés público. Las sesiones ordinarias se celebrarán el día y la hora que previamente se haya acordado, con las formalidades que establece el Reglamento Interior; y las extraordinarias, cuando sea necesario para tratar y resolver asuntos urgentes, previa convocatoria de quien presida, en la que deberá incluir el orden del día al cual debe sujetarse la sesión, determinándose si será pública o privada.

De igual forma, se podrá celebrar sesión extraordinaria cuando lo soliciten por lo menos tres magistrados”.

Y agrega:

“Todas las sesiones públicas del Pleno, incluyendo aquellas efectuadas en los términos del párrafo segundo de este artículo, serán transmitidas en tiempo real, y difundidas vía internet, por medio de la página oficial del Poder Judicial del Estado. Adicionalmente, en dicha página, estarán disponibles las versiones estenográficas de las sesiones públicas”.

En tanto, el artículo 25 BIS establece:

“Las sesiones de las salas serán públicas y por excepción, privadas, previo acuerdo dictado por quien las presida, y siempre que el asunto a desahogar así lo exija. Con excepción de las sesiones privadas, las sesiones de las salas serán trasmitidas en vivo, a través de medios electrónicos que serán difundidos en la página del Poder Judicial del Estado, debiendo además agregarse la versión estenográfica de las mencionadas sesiones”.

El transitorio primero del decreto señala que este entrará en vigor, a más tardar, a los 365 días naturales siguientes a la publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Las comisiones encargaron una cotización del costo que implicaría hacer efectiva la obligación de transmitir las sesiones. La empresa Xtrem, Sistemas de Información Global, México, estableció que el costo es de 4 millones 910 mil 789 pesos.

Desde junio de 2005, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Mariano Azuela Güitrón, inició las operaciones de su canal de televisión para transmitir en vivo las sesiones del pleno.

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