Eduardo Delgado
Por el cumplimiento “insatisfactorio” de la recomendación 04/2017, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) envió al organismo nacional la queja del ex regidor Marco Antonio Zavala Galeana, a quien la Auditoría Superior del Estado (ASE) no le ha reparado el daño que le causó al fincarle indebidamente un procedimiento para sancionarlo.
Derivado de la revisión de la cuenta pública municipal del año 2015, el organismo fiscalizador, encabezado por José de Jesús Martínez Loredo, inició un procedimiento administrativo y de imposición de sanciones contra el ex regidor panista, a quien le atribuyó perjuicios a la hacienda municipal por la firma del contrato de renovación del alumbrado público con Panavi y la falta del cobro de derechos de fraccionamientos.
Por instrucciones del ombudsman estatal, Jorge Andrés López Espinosa, en atención a la petición de la víctima y en razón del acuerdo de conclusión del seguimiento de la recomendación, “esta se remite a ese Organismo Nacional por considerar que existe el cumplimiento insatisfactorio a los puntos recomendatorios”.
Precisó lo anterior el Primer Visitador de la CEDH, Alejandro García Alvarado, en el oficio que remitió, con fecha del pasado martes, al Director General de Quejas y Orientación de la Comisión nacional, Carlos Manuel Borja Chávez.
Como antecedente le expuso que el 22 de mayo de 2017 la comisión potosina giró la recomendación 04/2017, dirigida a Martínez Loredo, entonces titular de la ASE, a quien el organismo le pidió girar instrucciones a fin de que “se realicen acciones efectivas” de reparación del daño en beneficio de la víctima.
Pasado el tiempo, el 16 de enero de este año el ex regidor manifestó ante la CEDH su inconformidad por el incumplimiento insatisfactorio de la recomendación y solicitó enviar el asunto a la CNDH.
Petición a la que el organismo estatal accedió porque hasta el pasado martes, 13 de febrero, “no se ha informado lo relativo a las acciones de la reparación integral a que tienen derecho las víctimas de violaciones a los derechos humanos”, lo cual implica cumplimiento insatisfactorio de su recomendación, sustentó el Primer Visitador en el oficio IVOF-0125/18.