Este miércoles vence plazo para que servidores públicos potosinos difundan su #3de3

 

Por: Victoriano Martínez.

 

Este miércoles se vence el plazo para que se hagan públicas las declaraciones patrimoniales de todos los servidores públicos que tuvieron como plazo para presentarlas ante la Auditoría Superior del Estado el pasado 31 de mayo. Adicionalmente, conforme a puntos de acuerdo tomados por el Congreso del Estado, tendrían que difundirse las declaraciones fiscal y de intereses.

El artículo 84 de la nueva Ley de Transparencia ordena la publicación de oficio “en los respectivos medios electrónicos”, y especifica en la fracción XVII, “la información en versión pública de las declaraciones, de situación patrimonial, fiscal y de intereses de los servidores públicos”, para enseguida enumerar todos los funcionarios obligados.

En nueve incisos enlista la relación de servidores públicos de los tres poderes, de los organismos autónomos, ayuntamientos y organismos descentralizados que están obligados a dar a conocer sus declaraciones #3de3, que incluye a los agentes del Ministerio Públicos, los policías ministeriales y agentes de tránsito.

“Las declaraciones, de situación patrimonial, fiscal, y de intereses se publicarán año con año, a más tardar quince días después de ser presentadas por el servidor público ante el órgano competente y, tanto al inicio como al término de su gestión”, señala el último párrafo del artículo 84 de la Ley de Transparencia.

Hasta hoy, de acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, sólo existe obligación legal para que se presenten las declaraciones patrimonial y fiscal como documento adjunto, en tanto que la declaración de intereses está contemplada en la Constitución estatal en el artículo 124, a partir de marzo de este año.

La nueva ley de transparencia establece de manera adicional y más específica la misma obligación para los diputados en la fracción XVIII del artículo 86 en los siguientes términos:

“ARTÍCULO 86. Además de lo señalado en el artículo 84 de la presente Ley, el Poder Legislativo deberá poner a disposición del público, de oficio, y en forma completa y actualizada la siguiente información: (…) XVIII. Las declaraciones, de situación patrimonial, fiscal, y de intereses de los diputados”.

De acuerdo con esa disposición, los diputados no sólo impulsaron la obligación de difundir de oficio las declaraciones, sino que se autoimpusieron la obligación con mayor rigor. El momento para que tal compromiso se convierta en hechos ha llegado: este miércoles tendrán que hacer públicos esos documentos.

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