Jaime Nava
Con cuatro días de diferencia, la Fiscalía General del Estado (FGE) que encabeza Federico Garza Herrera entregó datos distintos relacionados con el delito de trata de personas en solicitudes de información realizadas por ciudadanos en las que, además, se evidenció que no cuentan con registros de 2006 a diciembre de 2018, a pesar de que hay casos documentados en informes oficiales.
La FGE recibió dos solicitudes de información formuladas por diferentes personas que buscaban conocer, entre otras cosas, el número de carpetas de investigación abiertas en 2018 y 2019 por el delito de trata de personas y el número de víctimas de ese delito entre enero del 2006 y el 22 de julio de 2019, respectivamente. Las solicitudes quedaron registradas con los números de folio 01023319 y 01026419.
En un primer oficio de respuesta, fechado el 26 de julio de 2019, Esteban Pérez Mendieta, agente fiscal adscrito a la Unidad Contra los Delitos de Trata de Personas y Tortura de la Fiscalía General del Estado, aseguró que no contaba con datos sobre hechos acontecidos con anterioridad al 1 de enero de 2019, fecha en la que la Unidad a su cargo inició funciones.
“[…]en atención al principio de carga cero y por ende las anteriores a esa fecha son integradas por las agencias investigadoras que iniciaron y conocen de ellas, por lo que en ese sentido informo a Usted que esta Unidad no cuenta con carpetas de investigación que correspondan al año 2018 […]”, se lee en el oficio número 125/2019 firmado por Pérez Mendieta.
En el mismo documento consignó la existencia de tres carpetas de investigación iniciadas en la capital de San Luis Potosí por el delito de trata de personas e informó que no existen personas detenidas, vinculadas a proceso o sentenciadas por ese delito.
Aunque el funcionario argumentó que los datos sobre trata de personas correspondientes al 2018 los conocen otras áreas de la Fiscalía, no fueron girados otros oficios para proporcionarle la información al solicitante, por lo que la respuesta se encuentra incompleta.
Esteban Pérez Mendieta tardó cuatro días en contradecirse. Como respuesta a la segunda solicitud de información, el funcionario volvió a señalar que la Unidad a su cargo empezó a operar desde el 1 de enero de este año y aseveró que no cuenta con registros por el delito de trata de enero de 2006 a diciembre de 2018; sin embargo, dijo que su Unidad cuenta con dos carpetas de investigación: una de 2016 y otra de 2019.
Lo anterior quiere decir que en la primera respuesta a la solicitud de información, la Fiscalía ocultó la carpeta de investigación de 2016, y en la segunda respuesta omitió dos carpetas de investigación pues sólo reportó una, pese a que cuatro días antes aseguró que existían tres.
Se trata de un caso más de desinformación y opacidad que se suma a la lista de simulaciones y omisiones en las que ha incurrido la Fiscalía General del Estado en temas como las denuncias contra sacerdotes, fosas clandestinas, desapariciones de mujeres y feminicidios.
¿Y los datos?
Aunque la Fiscalía diga que no tiene los datos, consta en el Diagnóstico sobre la Situación de la Trata de Personas en México 2019, elaborado por la Quinta Visitaduría General de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que sí existen registros al menos de entre 2012 y 2017 toda vez que dicho diagnóstico fue elaborado con información obtenida mediante solicitudes vía transparencia.
Según el diagnóstico, San Luis Potosí se encuentra entre 11 estados de la república en los que las procuradurías y fiscalías identificaron víctimas de trata en todos los años del periodo antes señalado, pero únicamente se iniciaron cuatro averiguaciones previas o carpetas de investigación: una en 2014, dos en 2015 y una en 2016.
Respecto a las sentencias condenatorias firmes por el delito de trata de personas, el diagnóstico indica que sólo hay un caso, dato que la Fiscalía General del Estado no fue capaz de aportar ya que se aclara que reportó cero sentencias con la siguiente acotación: “se hace del conocimiento que no se tiene procesada, adecuada, ni sistematizada la información, respecto al artículo de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos de Trata”.