Eduardo Delgado
Lo alegado por la panista Scanda Guadalupe Aranda Escalante, cuyo propósito era integrar el cabildo capitalino como regidora propietaria, no suplente, fue desechado anoche en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Este miércoles, fue resuelto por unanimidad el expediente SUP-REC-1631/2021, promovido por la también secretaria de Formación Política del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN), en contra de su correligionaria, María Eugenia Castro Anguiano.
El reclamo de Scanda Guadalupe Aranda fue uno de los 67 recursos desechados por incumplir el requisito de procedencia, porque en cada caso “el actor busca que se analicen requisitos de legalidad y no realiza observación alguna sobre algún error judicial”.
María Eugenia Castro y Scanda Guadalupe Aranda fueron inscritas, como propietaria y suplente, respectivamente, en la segunda fórmula de la lista de candidatas y candidatos panistas propuestos como regidores por el principio de representación proporcional.
Luego de los comicios celebrados el pasado 6 de junio, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) validó la elección de María Eugenia como propietaria y de Scanda Guadalupe como suplente.
Enseguida, la funcionaria del comité estatal de Acción Nacional impugnó ante el Tribunal Electoral del Estado (TEE), pues objetó que su compañera de fórmula incumplía el requisito de residencia en la capital para ser postulada al cargo de regidora.
Arguyó que María Eugenia Castro es originaria de Rioverde, donde habría tramitado una constancia de residencia en aquel municipio por un periodo de 25 años y su inscripción como candidata a regidora postulada por el PAN.
De modo que faltaba al requisito de elegibilidad establecido en artículo 15 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, que impone a quienes no son nacidos en el lugar en el que se postulen, tener residencia efectiva de dos años previa al día de la elección o designación.
El 22 de julio, el TEE declaró fundados los agravios de la inconforme y en consecuencia la inelegibilidad de María Eugenia Castro, quien enseguida recurrió a la Sala Monterrey del TEPJF, donde fue revocada la resolución del tribunal local, derivada de la propuesta de la magistrada presidenta, Dennise Adriana Porras Guerrero.
En la segunda instancia, los magistrados de la Sala Monterrey les ordenaron a sus pares emitir una nueva sentencia, porque omitieron el análisis de las pruebas aportadas por María Eugenia Castro. Las magistradas del órgano jurisdiccional local ratificaron su determinación el 15 de agosto.
Posteriormente, derivado de la impugnación de la candidata propuesta como propietaria, la Sala Monterrey anuló la nueva sentencia del TEE y la declaró elegible, lo que Scanda Guadalupe rebatió ante la Sala Superior, donde este miércoles fue desechado su reclamo.
Así, María Eugenia quedó confirmada para integrarse al cabildo capitalino como regidora para el periodo 2021-2024 a partir del viernes de la siguiente semana, cuando comienza la administración encabezada por el alcalde electo, el priista Enrique Francisco Galindo Ceballos.