Gobierno Federal restringe a pueblos y comunidades en consulta del Plan Nacional de Desarrollo: OIM

Estela Ambriz Delgado

El Observatorio Indígena Mesoamericano (OIM) señala que el Gobierno Federal en los hechos restringe la participación y consulta de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, en contra sentido del reconocimiento constitucional aprobado en 2024, dado que de 50 eventos para la elaboración y consulta del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, sólo ha programado un foro para este sector.

En relación a los foros de consulta sobre el Plan Nacional de Desarrollo que se llevan a cabo desde el 6 hasta el 19 de enero en diversas entidades del país, Juan Felipe Cisneros Sánchez, integrante del OIM, consideró que el Gobierno Federal comete un error al minimizar la consulta indígena necesaria para elaborar el documento rector, al restringir la participación y consulta de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

“De manera contradictoria y opuesta al reconocimiento constitucional que tanto se ha pregonado y publicitado, a la hora de la hora se les excluye de facto de participar y ser consultados debidamente”.

El activista destacó que de 50 eventos programados sólo hay un foro de derechos de las comunidades indígenas y afromexicanas, siendo además el último a realizarse en el Centro de Convenciones y Exposiciones de Morelia, por lo que cuestionó si esto se debe a la falta de recursos o de visión por parte de las autoridades encargadas de realizar la consulta.

“¿Podrán ir las representaciones indígenas, las mujeres, los discapacitados, los jóvenes y los adultos mayores de todo el país a este foro en Michoacán y/o les darán los medios para estar presentes y participar?”.

Cineros Sánchez subrayó que es incongruente y contradictorio que ahora que 12 mil 296 comunidades indígenas y afromexicanas han sido reconocidas como sujeto de derechos público, sean invisibilizadas en una consulta nacional de vital importancia y sólo sean tratadas marginalmente.

Además, puntualizó que se transgrede no sólo el recientemente reformado artículo 2 constitucional, sino también la convencionalidad y en particular el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en sus artículos 6, 7, y 71, en donde se establece la consulta a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y el establecimiento de los medios a través de los cuales los pueblos puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población.

El representante del OIM concluyó que quienes diseñan y sostienen este proceso, que minimiza la demanda indígena contemporánea, sólo abre innecesariamente espacio a la judicialización del Plan Nacional de Desarrollo; cuestionó si se tratará de una forma de sabotear el trabajo de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, confrontándola con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

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