Por Victoriano Martínez
La diputada María Leticia Vázquez Hernández pretende incorporar al Código Penal del Estado una variante adicional del delito de amenazas:
“Al que realice amenazas o cualquier manifestación pública que altere la paz y el orden, a través de imágenes o escritos plasmados en mantas, cartulinas, lonas, cartón o por cualquier medio físico o electrónico, entendiéndose medios electrónicos, cualquier plataforma digital, red social digital o cualquier medio de información digital, tratándose de material alusivo al crimen organizado, se impondrá de dos a seis años de prisión, y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
“Se impondrán las mismas penas señaladas en el párrafo anterior a aquel que elabore, fabrique, imprima, proporcione, desplace, traslade, aplique, coloque o tenga en su posesión, cualquier escrito señalado en el párrafo anterior.
“Este delito será perseguido por oficio”.
Aunque establece los medios por los que se puede cometer el delito, la redacción que propone para la incorporación del artículo 168 Ter al Código Penal (página 43) deja abierto un amplio margen de interpretación para reconocer la conducta específica a la que se refiere “cualquier manifestación pública que altere la paz y el orden (…) tratándose de material alusivo al crimen organizado”.
Actualmente el Capitulo IX del Título Segundo del Código Penal, sobre las amenazas, incluyen las que tienen que ver con intimidación con un daño futuro, advertencias para impedir que la víctima realice una acción y con intimidaciones indebidas en el delito de cobranza ilegítima.
¿Qué pretende Vázquez Hernández que sea sancionado con ese delito tan impreciso en su tipificación? Sin duda la intención es buena, pero el margen de interpretación que deja su malograda definición en el texto propuesto para el Código Penal obliga a buscar en la exposición de motivos las conductas que pretende prevenir.
Es claro que Vázquez Hernández busca contrarrestar los efectos negativos que tienen en la sociedad los llamados narco-mensajes. No obstante, su exposición de motivos no logra establecer los límites de ese concepto, en tanto que lo llega equiparar con mensajes de odio.
“Hoy en día es mucho más fácil que una persona tenga acceso y se encuentra informada de los narco-mensajes que ocurrieron en su comunidad, que de las oportunidades de empleo de trabajo, que requieren difusión, por lo cual hoy en día legislo para sancionar toda la cultura de odio, violencia y miedo que se genera al colocar o elaborar un narco mensaje”, advirtió.
“Debemos de buscar erradicar los mensajes de odio que tanto son difundidos en todos los medios de comunicación existentes, el miedo no nos impide avanzar, en un gobierno que esta enfocado a generar oportunidades para que ninguno se quede atrás” señala más adelante.
La insistencia en expresiones como “nos encontramos invadidos de los llamados “narco mensajes” que a todas horas son difundidos por todos los medios de comunicación”, “los narco mensajes que diario se exponen en las cadenas televisivas”, “es mucho más fácil que una persona tenga acceso y se encuentra informada de los narco mensajes”, o “debemos de buscar erradicar los mensajes de odio que tanto son difundidos en todos los medios de comunicación existentes” coloca a los medios de comunicación como la principal plataforma en la que se comete el nuevo delito y donde operan sus practicantes.
Una generalización peligrosa que evade un análisis detallado del problema real que representan los narco-mensajes y, a partir de ahí, encontrar la medida más apropiada para resolverlo.
Una generalización que abre una puerta muy ancha –dado el amplio margen de interpretación de la expresión “cualquier manifestación pública que altere la paz y el orden”– para sancionar indiscriminadamente el trabajo periodístico que le incomode a la autoridad.
Si los narco-mensajes “a todas horas son difundidos”, a “diario se exponen en las cadenas televisivas”, y “tanto son difundidos en todos los medios”, de aprobarse el nuevo delito el siguiente paso sería establecer contra qué medio se aplican las primeras sanciones.