Iniciativa para crear nueva Secretaría de la Mujer no avanza en el Congreso

Estela Ambriz Delgado

Aunque ya queda menos para que se instale la Secretaría de las Mujeres e Igualdad de Género, en sustitución del Instituto de las Mujeres del Estado (IMES), la iniciativa enviada por el gobernador Ricardo Gallardo Cardona aún no ha sido analizada en la comisión correspondiente del Congreso del Estado.

La propuesta ingresada desde el 13 de enero aún no ha sido analizada, discutida y votada en la Comisión de Igualdad y Género del Congreso del Estado, pese a que en esta se indica que la nueva dependencia deberá iniciar operaciones el 1 de marzo, e implicaría el cambio de naturaleza jurídica del organismo descentralizado, integrándolo como una nueva dependencia dentro del Ejecutivo del Estado.

Además, no sólo implicaría el cambio de nombre de una dependencia, sino también la reestructuración y redefinición de sus funciones, responsabilidades y recursos.

La propuesta también contempla que el Centro de Justicia para las Mujeres (CJM) del Estado, que es un organismo público descentralizado sectorizado a la Secretaría General de Gobierno, sería asimilado por la nueva Secretaría de las Mujeres, a fin de buscar una alineación y coordinación con las políticas y programas específicamente dirigidos a la igualdad de género, lo que conlleva una reubicación administrativa.

De aprobarse la iniciativa, la Ley del IMES sería abrogada a partir de que inicie operaciones la nueva secretaría, lo que se tiene previsto sea a más tardar el próximo 1 de marzo y por ende también se plantea la modificación de la Ley del CJME, para establecer su sectorización y actualizar el nombre de algunas entidades que actualmente se denominan de manera diferente.

De igual forma, se pretende que la Secretaría de las Mujeres cuente con delegaciones en las cuatro regiones del estado.

Al iniciar operaciones, la dependencia debería planificar y preparar la transición de las atribuciones del IMES y la nueva sectorización del CJME, sin interrumpir las actividades y servicios que presta a mujeres, adolescentes y niñas, así como difundir en las cuatro regiones del estado sobre su creación, para que la población conozca los cambios, los servicios disponibles y cómo acceder a ellos.

Para tal efecto, normativamente se propone adicionar a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, la fracción XV al artículo 31 y el artículo 42, detallando en este último las atribuciones de la secretaría.

En caso de ser aprobada la iniciativa por el Pleno del Congreso del Estado, de acuerdo con el transitorio décimo cuarto, el IMES deberá elaborar un proyecto de Reglamento Interior para la nueva Secretaría de las Mujeres, con el propósito de definir su estructura orgánica, atribuciones y procedimientos, que sea vigente a la fecha en que inicie operaciones.

Asimismo, en los artículos transitorios cuarto y quinto se determina que el IMES continuará con los trámites administrativos, contables, fiscales, y de representación judicial o legal sin exceder del 1 de marzo, además de que ambas entidades deberán, de manera coordinada, realizar los actos necesarios o preparatorios relativos a la entrega-recepción, o cualquier otro necesario ante las instancias privadas o gubernamentales competentes, como lo son trámites bancarios, de apertura o cierre de cuentas, altas o bajas fiscales, pago de nómina, cumplimiento de obligaciones contractuales, participación en convocatorias para acceder a subsidios de cualquier naturaleza legal, elaboración de proyectos o programas.

Para dichos efectos se establece en el transitorio sexto que hasta en tanto se nombre formalmente a la persona titular de la nueva secretaría, el gobernador podrá designar una persona encargada temporalmente de la dependencia.

Por otra parte, en el noveno y décimo sexto, se indica que los recursos económicos, humanos, presupuesto asignado, créditos, subsidios, bienes muebles e inmuebles y, en general, el patrimonio que actualmente pertenece al IMES pasará a formar parte de la nueva secretaría; el Congreso del Estado deberá considerar, asignar o reasignar el presupuesto necesario para el ejercicio fiscal correspondiente, de acuerdo con lo que correspondía al IMES.

En lo referente al personal, el transitorio décimo octavo señala que quienes sean transferidos a la secretaría, conservará sus derechos y prestaciones adquiridas, conforme a la legislación aplicable, asegurando la estabilidad y continuidad en el desempeño de sus funciones.

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