Por: Eduardo Delgado.
El instructor de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), Armando Mariscal Mata, implicado en el incidente en el que murió ahogado Diego fue quien solicitó -en noviembre del año anterior- un amparo federal, recién resuelto en su contra y por ende pidió su revisión en el Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, cuya resolución definitiva podría prolongarse unos dos meses más.
La petición inicial la hizo a través del despacho “Especialidades Jurídicas”, el 19 de noviembre de 2015, en desacuerdo porque el Ministerio Público de Investigaciones Especiales, Hugo César Azuara Argüelles, no permitió la intervención de un perito que él designó en la averiguación 421/2015.
Consultado el estatus del expediente 1510/2016, en la lista de acuerdos publicada en la página de internet del Poder Judicial de la Federación, en específico del Juzgado Segundo de Distrito del Noveno Circuito, se confirma que el 24 de noviembre del año pasado Armando Mariscal fue requerido para “aclarar” su demanda.
Después de varias diligencias y la postergación de audiencias, el pasado 8 de marzo se publicó la resolución del juez: “Se sobresee en el presente juicio. Notifíquese personalmente”. Determinación que, según especialistas, habría sido por carecer de sentido o sustancia su demanda.
Inconforme con el sobreseimiento Armando Mariscal, responsable de los instructores universitarios que tenían a su cargo el cuidado del grupo al que fue asignado Diego, quien precisamente hoy hace ocho meses murió ahogado en el complejo acuático “Woow”, solicitó la revisión del expediente en el Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, en cuya instancia la resolución se prolongaría cuando menos un par de meses más.
En su demanda de amparo, representado por los abogados Martín Salas Mexicano, Abraham Martín González Jiménez y Mayra Verónica Ibarra Rodríguez, Armando Mariscal reclamó del Ministerio Público:
“Su negativa a otorgar el acceso al Balneario Woow, localizado en la Comunidad de San Rodrigo, Municipio de Villa de Reyes, S.L.P., al Ing. Oscar Alejandro Mendoza Hernández, perito dictaminador en protección civil, designado por el suscrito indiciado dentro la averiguación previa”.
Cuyo acceso le requirió al representante social con la finalidad de que “tenga a bien en rendir el peritaje que en esa materia se le encomendó; lo anterior porque el pasado martes 17 de los corrientes (noviembre) el referido Agente Ministerio Público, le informó lo anterior al perito, señalándole que su negativa obedecía a que el lugar estaba asegurado ministerialmente y por orden del Juez Segundo de Distrito en el Estado”.
También objetó de Hugo César Azuara “su ilegal y permanente actitud de omitir darme intervención como indiciado, en las diligencias de prueba que se practican en la averiguación, como es el caso de las declaraciones de los menores…( )… pues inclusive, ésta última fue ofrecida por el suscrito como prueba de descargo y la recibió a mis espaldas y sin mi presencia”.
Asimismo consideró violado su derecho a la defensa, en razón de que “existen líneas de investigación que el Fiscal responsable no ha querido abordar”, respecto de la actuación del personal de Protección Civil de Villa de Reyes, los dueños y personal del balneario, porque “ellos crearon un riesgo jurídicamente no permitido”, por el hecho de que dos ductos de la alberca no tenían rejilla de protección y en uno de ellos, Diego fue succionado, lo que le provocó su asfixia por inmersión.
“El Fiscal indagador inexactamente pretende responsabilizarme de ese hecho, por la sola circunstancia de haber fungido como instructor del camping organizado por la Universidad Autónoma de San Luis Potosí”, asentó en su escrito y del cual Astrolabio Diario Digital tuvo copia.