Jaime Nava
Al ex auditor y a dos ex funcionarios de la Auditoría Superior del Estado (ASE) que se encontraban vinculados a proceso por el delito de peculado relacionado con el caso de la llamada “fiesta fantasma” les concedieron la suspensión condicional del procedimiento penal con la condición de que paguen en mensualidades los 600 mil pesos, más su actualización, que habrían sido malversados a través de un proveedor fantasma.
Aunque la audiencia estaba programada para comenzar a las 8:30 de la mañana, se retrasó porque únicamente se encontraba presente el ex auditor José de Jesús “N” y ni su abogado ni el resto de imputados habían llegado. Minutos después ingresaron a la sala 1 del Centro Integral de Justicia Penal los ex funcionarios involucrados: Fernando José “N” y Abraham “N” junto a su representante legal.
Otro de los imputados, Francisco Benjamín “N”, quien emitió las facturas que se utilizaron para intentar justificar el uso de 600 mil pesos no acudió a la audiencia porque, según se informó a la juez, iba a ser intervenido quirúrgicamente esta mañana.
Durante la audiencia, los abogados de los imputados intentaron desacreditar a una abogada de la ASE que acompañaba a la Fiscalía en calidad de asesora victimal, ya que al inicio se oponía a que los ex funcionarios de la Auditoría obtuvieran la suspensión condicional del proceso. Los abogados de los imputados aseguraron que dentro de la carpeta no existía ningún documento en donde se le reconociera la personalidad a la asesora de la ASE, pero luego se demostró que en la carpeta sí se encontraban los documentos y la audiencia continuó.
La abogada que envió la ASE argumentó que no se podía conceder la suspensión condicional del proceso porque no se cumplían con los requisitos que establece el artículo 192 del Código Nacional de Procedimientos Penales que dice que la suspensión procederá cuando “el auto de vinculación a proceso del imputado se haya dictado por un delito cuya media aritmética de la pena de prisión no exceda de cinco años”.
La asesora de la ASE consideraba que dicho requisito no estaba cubierto porque en el auto de vinculación a proceso el órgano jurisdiccional “omitió” señalar la proyección de pena; sin embargo, se solventó la omisión remitiéndose al auto de vinculación a proceso de otros involucrados en la llamada “fiesta fantasma” donde sí se estableció la proyección de pena dando como resultado una media aritmética acorde con el Código.
Los abogados de los imputados solicitaron que se concediera la suspensión condicional del proceso a cambio de pagarle a la Auditoría Superior del Estado la cantidad 721 mil 654 pesos con 58 centavos en seis pagos mensuales, comenzando con un pago de 216 mil pesos. Para dar tiempo a que la asesora de la ASE consultara a la auditora Rocío Elizabeth Cervantes Salgado si se aceptaba o no, se declaró un receso, pero antes el abogado de los imputados manifestó que en ese momento contaban con 350 mil pesos, para que lo consideraran.
Al reiniciar la audiencia, la asesora informó a la juez que sí aceptarían la suspensión condicional del proceso, por lo que procedieron a aclarar las condiciones de pago y las medidas que deberán cumplir los imputados hasta que concluyan con los pagos y se verifique que los realizaron.
Los ex funcionarios de la ASE ofrecieron pagar hoy la cantidad de 350 mil pesos y los 371 mil 654 pesos con 58 centavos restantes en cinco mensualidades. Primero, la juez les pidió que mostraran el dinero; Fernando José “N” tomó su mochila y poco a poco fue sacando fajos de billetes que colocó sobre la mesa. Se les pidió que lo depositaran en una cuenta que tiene la ASE en Banorte.
Posteriormente, la juez les solicitó que aclararan las fechas y los montos que deberán depositar en los próximos cinco meses. El abogado se declaró incapaz de dividir 371 mil 654 pesos entre cinco y soltando un “aquí tenemos a un contador” le pasó la tarea a Fernando José “N”.
La juez le ofreció una calculadora y transcurridos unos minutos aseguró que realizarían cuatro pagos de 61 mil 943 pesos y un quinto pago de 61 mil 939; sin embargo, el personal de la ASE verificó las cifras y encontró que eran incorrectas.
Finalmente acordaron la reparación del daño de la siguiente manera:
Pago | Fecha | Monto |
1 | 03/03/2020 | $350,000.00 |
2 | 06/04/2020 | $74,330 |
3 | 06/05/2020 | $74,330 |
4 | 05/06/2020 | $74,330 |
5 | 06/07/2020 | $74,330 |
6 | 06/08/2020 | $74,334 |
Total | $721,654 |
Además de los pagos, los ex funcionarios de la ASE quedaron obligados a no salir del país sin autorización, a residir en sus domicilios y a mantenerse trabajando hasta que se celebre la audiencia para verificar el cumplimiento de todo lo anterior y obtengan una resolución con efectos de sentencia absolutoria por haber cumplido con las medidas y la reparación.
Como no asistió a la audiencia, el facturador Francisco Benjamín “N” no gozará de la suspensión condicional del proceso por lo que deberá solicitar una nueva audiencia para tal fin.