Juez rechaza suspender proceso contra Miguel Ángel N., extitular de Salud de SLP

Durante la audiencia, Miguel Ángel N. denunció que "se oculta y protege a los verdaderos culpables”.

José de Jesús Ortiz

Este jueves se efectuó una nueva audiencia judicial como parte del proceso penal que se sigue contra el extitular de los Servicios de Salud en el estado, Miguel Angel N., en la cual la defensa solicitó la suspensión del proceso penal, sin embargo, el Juez de Control determinó que era improcedente dicha petición por lo que el exfuncionario estatal continuará con prisión preventiva oficiosa en el centro penitenciario de La Pila.

En una breve intervención durante la audiencia efectuada la mañana de este jueves en la Sala 3 de Juicio Oral, el exfuncionario estatal expresó al Juez de Control, Javier Pérez Contreras, que desde que lo vio sabía cómo iba a terminar la audiencia (rechazando la petición de la defensa), reiteró su inocencia en el proceso penal en su contra por el cual desde mayo pasado se  encuentra recluido en el centro penitenciario de La Pila y denunció que se oculta y protege a los verdaderos culpables del delito que se le imputa, relacionado con la supuesta compra simulada de un plaguicida que habría causado una afectación al erario por más de 32 millones de pesos.

La defensa jurídica del imputado buscaba que con esta audiencia de petición para la suspensión de proceso se pudiera decretar su libertad, aunque se encontró con la respuesta del Juez de Control que desechó los argumentos y consideró que no había elementos jurídicos para determinar la suspensión del proceso y retirar la prisión preventiva.

En la parte inicial de la audiencia, Alejandro Manríquez, titular del despacho MLegal que lleva la defensa del exfuncionario, reclamó la suspensión del proceso penal argumentando diversas incidencias que justificarían la medida y reiteró que el pasado 14 de diciembre —luego de que el Juzgado Cuarto de Distrito el 28 concedió una sentencia de amparo que dejó sin efecto la audiencia del auto de vinculación a proceso dictado el 9 de mayo de 2022— la defensa solicitó al Órgano Jurisdiccional que se declarara formalmente suspendido el proceso y por tanto se dejara libre al imputado, recurso que según asentó no fue respondido por lo cual “entienden que de facto está suspendido”.

“Si está suspendido el proceso, no tiene sentido la medida cautelar, la prisión preventiva oficiosa”, puntualizó y pidió al Juez de Control que se pronunciara sobre la medida cautelar pues reiteró que a su juicio de facto se suspendía el proceso, pero no dicha medida. En ese sentido, calificó como “muy desfasado” el procedimiento seguido y precisó que el 9 y 11 de noviembre pasado, la defensa interpuso también dos escritos de petición de audiencia, los cuales no fueron respondidos.

Agregó que si la parte acusadora, a través de su asesoría jurídica, interpuso un recurso de revisión en contra de la sentencia de amparo emitida por el Juzgado Cuarto de Distrito el 28 de octubre anterior, dicho recurso puede durar meses en el Tribunal Colegiado de Circuito y no se puede llevar ninguna audiencia hasta que no se resuelva, por lo cual se “deshumaniza” el proceso.

Por su parte, la representante de la Fiscalía General del Estado advirtió que no le asistía la razón a la defensa jurídica del imputado sobre la suspensión de facto del proceso, pues argumentó que el auto de vinculación a proceso sigue vigente, igual que la medida cautelar, por lo cual pidió al Juez que desechara la petición.

En su intervención, el Juez de Control, Javier Contreras Pérez, respaldó la postura de la Fiscalía General del Estado y consideró que no se acreditan los supuestos para suspender el proceso, como lo prevé el Artículo 331 del Código Nacional de Procedimientos Penales. También, expuso que el 16 de enero, el Órgano Jurisdiccional respondió los escritos de la defensa interpuestos el 9 y 11 de noviembre pasado.

Agregó que la ejecución del amparo para reponer la audiencia inicial de vinculación a proceso no es una sentencia firme y se encuentra pendiente del recurso que interpuso la asesoría jurídica de la parte afectada (los Servicios de Salud), por lo que en tanto se resuelve debe prevalecer la resolución inicial de vinculación a proceso del imputado impuesta en mayo anterior.

Sobre la medida cautelar de la prisión preventiva oficiosa, dijo que su objeto no es el mismo del proceso penal, sino que surge como una necesidad de cautela ante el “riesgo procesal”. Por todo ello, determinó la improcedencia de la petición planteada por la defensa de Miguel Ángel N., para la suspensión del proceso.

Al hacer nuevamente uso de la palabra, el abogado Alejandro Manríquez expresó su molestia y advirtió que la defensa del imputado no había sido notificada oficialmente de dichas respuestas del Órgano Jurisdiccional referidas por el Juez de Control —pese a haber transcurridos ya 10 días—, cuando se podía notificar de forma inmediata incluso por correo electrónico. Ante dicha anomalía, pidió que se apercibiera al Órgano Jurisdiccional al no haber notificado sobre el auto de respuesta a los escritos presentados por la defensa. También, solicitó que se de vista al Consejo de la Judicatura sobre la audiencia efectuada este jueves y lo resuelto, pues consideró que con la decisión del Juez se vulnera el Artículo 16 del Código Nacional de Procedimientos Penales sobre el derecho a una justica pronta.

Se está ocultando y protegiendo a los verdaderos culpables: Miguel Ángel N.

En la parte final de la audiencia, al hacer uso de la palabra, Miguel Ángel N. se dirigió al Juez de Control (quien ha estado en la mayor parte de audiencias del proceso penal), dijo que el lenguaje jurídico hace difícil entender y seguir “los términos” de la audiencia y con un dejo de ironía subrayó: “Me da mucho gusto verlo de nuevo, desde que lo veo ya sé cómo va a terminar la audiencia. Gracias por sus argumentos y explicaciones”.

Agregó: “Pudiera decir que el delito (que se le imputa) no lo cometí, que se está ocultando y protegiendo a los verdaderos culpables. Mi familia sabe que no cometí delito alguno. Llevo una vida íntegra, mi fe se ha fortalecido mucho, todos saben que no cometí el delito, soy un funcionario público de carrera, aborrezco la corrupción y la avaricia, eso lo sabe mi familia, mis hijos, la gente que me conoce (…) hay un tribunal al que vamos a llegar todos. Estoy en paz, soy congruente con mis principios y valores”.

Ante ello, el Juez de Control respondió: “Usted es una buena persona. Tengo esa percepción (…) usted y yo nos podemos equivocar”.

Miguel Ángel N., titular de Salud en el estado de enero de 2020 a septiembre de 2021, fue detenido el pasado 3 de mayo acusado de los delitos de uso abusivo de funciones y asociación delictuosa, debido a su presunta participación en la compra irregular de un plaguicida para combatir el dengue que –de acuerdo a la Fiscalía General del Estado– habría generado una afectación al erario por más de 32 millones de pesos.

A la fecha, es la única persona detenida por ese supuesto delito, aun y cuando –como reveló la Fiscalía durante una audiencia de control judicial del pasado ocho de noviembre– en ese procedimiento simulado que se le imputa estaría implicada también Mónica Liliana Rangel Martínez, extitular de Salud y luego candidata a la gubernatura del Estado; así como Patricia N., y Francisco N., que ocupaban cargos directivos en la misma dependencia; además, de Jorge Fernando N., apoderado de la empresa Public Supply and Equipment de México, y proveedor del plaguicida.

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