Abelardo Medellín
La empresa Uber México Technology & Software S.A. de C.V., filial de Uber Technology, Inc., obtuvo un fallo favorable al amparo que promovió en contra de los artículos de leyes potosinas que regulan las plataformas virtuales de transporte.
La mañana de este viernes 25 de noviembre, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) de San Luis Potosí, difundió en su página de Facebook la resolución emitida por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil y Administrativa del Noveno Circuito, respecto del amparo en revisión administrativa 324/202, que la empresa promovió contra las autoridades responsables: el secretario de Comunicaciones y Transportes, Leonel Serrato Sánchez, el gobernador Ricardo Gallardo Cardona y el Congreso del Estado.
La empresa quejosa reclamó una serie de artículos de la Ley de Transporte Público del Estado, que le exigía registrar a sus conductores, no cobrar en efectivo, un registro de contribuyentes, que la empresa respondiera por sus conductores, que los conductores de los vehículos fueran los dueños de dichos automóviles y que no se pudieran subarrendar.
Dentro del cuarto punto resolutivo de la sentencia, al Tribunal Colegiado resolvió que la justicia de la Unión ampara efectivamente a la empresa contra la mayoría de los artículos reclamados.
Sin embargo, explica en su resolutivo tercero que no ampara a la empresa en lo alusivo a la prohibición de subarrendar vehículos.
En su publicación sobre esta sentencia, la SCT comentó:
“El fallo, tras múltiples recursos legales interpuestos por los poderes estatales, favoreció a la trasnacional, con lo que logra eludir la ley potosina bajo protección de los juzgados federales”.