La CEGAIP establece lineamientos para “brincarse” la Ley de Transparencia

Fernanda Durán

Aunque la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado establece que los recursos de revisión se deben resolver en menos de 30 días y permite una ampliación de 20 días más, la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) emitió lineamientos que permiten interrumpir indefinidamente dicho plazo legal.

Dentro de su informe anual de actividades 2023, la CEGAIP presumió la creación de los Lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión, los cuales señalan supuestos para ampliar el plazo que tiene el organismo para resolver los recursos de revisión.

El artículo 170 de la Ley de Transparencia señala que “la CEGAIP resolverá el recurso de revisión en un plazo que no podrá exceder de treinta días, contados a partir de la admisión del mismo (…) plazo que podrá ampliarse por una sola vez y hasta por un periodo de veinte días”.

Los recursos de revisión son interpuestos por los solicitantes en contra de las respuestas de los sujetos obligados por distintas causas como la clasificación de la información, la declaración de inexistencia de información, la entrega de información incompleta, entre otras.

Entre los lineamientos se definió la figura de “plazo de instrucción”, mismo que comprende desde la admisión de la queja, hasta su resolución. Sin embargo, el segundo párrafo establece que “toda diligencia que se realice para un mejor proveer interrumpirá el plazo de resolución de los recursos de revisión señalado en el artículo 170 de la Ley”.

Es decir que estos lineamientos permiten cualquier diligencia determinada por los comisionados puede interrumpir y extender el plazo legal de hasta 50 días establecido en la Ley de Transparencia para resolver los recursos de revisión.

Más adelante, la CEGAIP estableció los supuestos para ampliar en 20 días el periodo para emitir una resolución, entre los que destacan: la distancia para oír y recibir notificaciones de las partes; la agenda de los comisionados; y por causa justificada de algún comisionado.

Desde diciembre de 2022 el Congreso del Estado añadió a las obligaciones del organismo la admisión de los recursos de revisión en un plazo de tres días, a fin de acelerar este proceso de atención, pero hasta 2023 las y los diputados recibieron reportes ciudadanos sobre el incumplimiento por parte de la CEGAIP en cuanto a los periodos establecidos en la Ley de Transparencia, pues incluso sus casos eran resueltos casi un año después de la queja.

Lo anterior derivó en un exhorto del Poder Poder Legislativo enviado en septiembre para conocer los avances y aplicaciones de los tiempos que marca la ley; mientras que los lineamientos sobre los recursos de revisión fueron aprobados por el pleno en octubre de 2023 y publicados en el Periódico Oficial el 9 de noviembre del mismo año.

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