Por Victoriano Martínez
El pasado 14 de junio, la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) envió a la Auditoria Superior del Estado para ejecución 21 expedientes relacionados con multas aplicadas a sujetos obligados de 12 municipios como medidas de apremio por incumplimiento a resoluciones de recursos de revisión tramitados en 2020.
Sin duda, se trata de una acción que busca que los sujetos obligados cumplan con respetar el derecho de acceso a la información pública de los solicitantes inconformes, aunque por tratarse de expediente de hace tres años deja expuesta la nulidad de la CEGAIP como órgano garante al resultar alarmante el poco respeto al principio de oportunidad de la información.
En su segundo informe trimestral al Congreso del Estado, la CEGAIP reporta también que se trabajó en la integración de dos expedientes de 2019 y 27 de 2020 para la aplicación de medidas de apremio derivadas del incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia, es decir, contra sujetos obligados que no cumplieron con publicar la información en la Plataforma Estatal de Transparencia.
Un dato que resulta incluso más grave que la falta de oportunidad en garantizar el derecho de acceso a la información pública a los solicitantes de información en lo individual, pues en esta modalidad de transparencia no garantizar el acceso oportuno a la información que debe estar accesible vía Internet afecta a toda la población interesada en consultarla.
Una CEGAIP cuya nulidad viola la fracción IV del artículo 6º Constitucional: “Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos que se sustanciarán ante los organismos autónomos especializados e imparciales”.
Por si la inoportuna actuación de la CEGAIP para obligar a los sujetos obligados a cumplir la ley con medidas de apremio no fuera suficiente para exhibir su nulidad, que hasta ahora trabaje en 29 expediente sobre casos de hace tres y cuatro años, cuando el universo total de entes obligados es de 259, con una tradición de incumplidos generalizada, exhibe su poca eficacia.
De entrada, sobre esos dos años (2019 y 2020) actúa contra de uno de cada 10 sujetos obligados, en tanto que la relación de los sancionados muestra una aplicación selectiva de las sanciones.
Al menos en el caso de las medidas de apremio en casos de incumplimiento de resoluciones de recursos de revisión, los sancionados son entes de 12 municipios, lo que, en sentido opuesto, implicaría que las dependencias de los tres poderes, los organismos autónomos, los sindicatos y los partidos políticos son muy cumplidos, lo que ni los propios comisionados se la creen.
El municipio con más sanciones es Charcas con dos contra el Ayuntamiento y dos contra su organismo operador de agua potable. Las sanciones se distribuyen entre siete ayuntamientos, nueve organismos de agua y cinco DIF municipales.
La aplicación selectiva de sanciones queda confirmada desde el momento en el que en la Plataforma Estatal de Transparencia resulta muy notorio el incumplimiento de las obligaciones de transparencia por parte de los sindicatos, los partidos políticos y un grupo de dependencias del Poder Ejecutivo.
Basta con ver el promedio general de incumplimiento de las obligaciones de transparencia correspondientes al pasado mes de agosto que hoy tendría que encontrarse al cien por ciento. De acuerdo con el Almanaque de Estadísticas Globales de la Plataforma Estatal de Transparencia, los 259 sujetos obligados han cumplido apenas con el 64.69 por ciento de los formatos a publicar.
Las medidas de apremio sobre las que informa la CEGAIP son aplicadas porque los sujetos obligados no cumplieron con el porcentaje mínimo aprobatorio que tiene como parámetro un 90 por ciento de cumplimiento.
Las propias estadísticas que hace públicas la CEGAIP en el Almanaque muestran que sólo el Poder Judicial supera ese porcentaje. El promedio del resto de los grupos de sujetos obligados se encuentra debajo del 90 por ciento… pero quizá será hasta 2027 cuando el organismo garante comience a trabajar los expedientes para aplicar medidas de apremio.