La corrupción carrerista y el riesgo de su impunidad

Por Victoriano Martínez

Difícilmente alguien podrá dudar que durante la administración que encabezó Juan Manuel Carreras López se hayan cometido actos de corrupción camuflajeados en una gestión gris, pero de ahí a la aplicación de una presunción de culpabilidad para hacer señalamientos estridentes con avales oficiosos abre una ruta que, a la larga, puede favorecer la impunidad de los exfuncionarios.

La reacción oficiosa de la Auditoría Superior del Estado (ASE) al hacer un recuento de las observaciones realizadas a las Cuentas Públicas del Poder Ejecutivo durante los últimos cinco ejercicios fiscales, más que aportar un dato nuevo al debate, exhibe la sumisión de ese organismo autónomo al gobernador en turno, como reacción a la denuncia pública realizada por éste.

Como si se tratara de una pasarela para exponer quién o qué institución está más al servicio del Ejecutivo, el diputado René Oyarvide Ibarra, presidente de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado, informó que pidió a la ASE, datos concretos de las cuentas públicas del sexenio anterior relacionados con el sobreprecio en insumos como productos de limpieza, papelería y cómputo.

Una petición que se da por la urgencia de quedar bien con el otro Poder sobre el que tendrían que actuar como contrapeso, pero ante el que muestran tal sumisión para atender las inquietudes que el mandatario manifieste públicamente, por iniciativa propia o como si se hubiera pactado previamente. En ambos casos un atentado contra la división de poderes.

“A través de la Comisión de Vigilancia que presido, presenté la solicitud de un informe a la ASE respecto a la revisión de las cuentas públicas del Poder Ejecutivo del Estado, administración 2015-2021, específicamente a todas aquellas acciones de fiscalización relacionadas con la dependencia Oficialía Mayor, y el estatus que guardan las mismas”, dijo Oyarvide Ibarra.

Como conducto de comunicación entre el Congreso del Estado y la ASE, la petición se enmarca dentro de las facultades de la Comisión de Vigilancia, más el afán manifestado por Oyarvide Ibarra de quedar bien con el Ejecutivo lo llevó a asumir como propias facultades que, de acuerdo con la Ley de Fiscalización, corresponden a la ASE.

“Nuestra responsabilidad es precisamente vigilar que los entes auditables subsanen observaciones y en caso de que no sea así, darle seguimiento a través de la Fiscalía General del Estado para que se formalicen las carpetas de investigación cuando existan las denuncias correspondientes”, aseguró.

En ninguna de las 19 fracciones del artículo 69 de la Ley de Fiscalización se les asigna esa responsabilidad y, lo que más se puede acercar a tener ese efecto es que en la fracción X los faculta para evaluar si la ASE cumple su función (como dar seguimiento a las observaciones ante la Fiscalía en su caso).

Es decir, en todo caso le pueden exigir a la ASE que cumpla con esa responsabilidad, pero no asumirla como propia.

Quizá esa actitud complaciente ante el Ejecutivo les haga ver un área de oportunidad contenida en la fracción XVII del artículo 69 de la Ley de Fiscalización que les ordena:

“Realizar las acciones conducentes para la publicación de las observaciones realizadas por la Auditoría Superior del Estado a los entes auditables a que se refiere el artículo 37 de esta Ley, en la página institucional de internet del Congreso del Estado”.

Una obligación históricamente incumplida por la Comisión de Vigilancia y que, en este momento, de haberla cumplido, bastaría con remitirse a consultar ese apartado inexistente en su sitio Web para detectar la información que han acordado requerir a la ASE.

Una obligación incumplida que vuelve ridícula la solicitud de un informe enviada a la ASE, cuando por ley no sólo tendrían que tener en su poder esa información tan particular y toda la relacionada con las observaciones a todos los entes fiscalizables, sino que también ya la tendrían que haber publicado en la página de internet del Congreso del Estado.

A la LXIII Legislatura le correspondió aprobar los informes de auditoría de las Cuentas Públicas de 2020 y 2021. De haber cumplido con la fracción XVII del artículo 69 de la Ley de Fiscalización, en su sitio Web se podría verificar si la ASE observó o no lo que hoy denuncia el Ejecutivo.

Exhibiciones, pues, de la ASE y de los diputados por quedar bien con el Ejecutivo que podrían dar elementos a los exfuncionarios para lograr impunidad.

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