La Corte avala reforma sobre violencia vicaria en SLP

Fernanda Durán

A pesar de la diferencia de opiniones, por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de San Luis Potosí, incluyendo la definición de violencia vicaria por considerarla una herramienta necesaria para combatir la violencia contra las mujeres.

La mayoría de las y los ministros coincidieron en que dicha ley protege especialmente a las mujeres, además de que busca brindar soluciones normativas específicas para un grupo social históricamente discriminado, ya que reconoce la violencia contra niñas y niños que se ejerce con objeto de causar daño al padre que puede ser combatida con base en otros ordenamientos.

La resolución se derivó de la acción de inconstitucionalidad 163/2022, promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada en el Periódico Oficial el 8 de noviembre de 2022, argumentado que la ley era discriminatoria por no considerar a los hombres como víctimas de violencia vicaria.

La ministra Yasmín Esquivel, autora del proyecto, argumentó que la ley no es discriminatoria hacia los hombres, ya que busca atender un tipo específico de violencia que solo padecen las mujeres, es decir, la violencia motivada por razones de género.

El ministro Luis María Aguilar consideró que se deberían invalidar todas las normas por ser “violatorias y discriminatorias”, ya que deja desprotegidos a los familiares de víctimas de género masculino.

Sin embargo, la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández, las ministras Ana Margarita Ríos Farjat, Yasmín Esquivel y Lenia Batres, así como los ministros Javier Laynez y Juan Luis González Alcántara, defendieron la ley al afirmar que busca visibilizar un tipo de violencia de género que utiliza a niños y niñas como medios para dañar a las mujeres.

La SCJN aclaró que la ley no deja en desprotección a los hijos e hijas de padres, ya que la violencia que se ejerza en su contra podrá ser denunciada como violencia familiar.

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