Por Victoriano Martínez
Desde que el 6 de diciembre de 2018 la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó las tarifas por las copias en materia de transparencia por inhibir su ejercicio, cada año los diputados y los comisionados de la CEGAIP exhiben el poco cuidado y su falta de compromiso para establecer cuotas homologadas que faciliten ejercer el derecho de acceso a la información pública.
Los legisladores aprobarán el día de hoy las leyes de ingresos de los 58 ayuntamientos con tres tarifas diferentes para las copias simples, 26 para las copias certificadas, dos para la entrega de la información en disco compacto, y la entrega gratuita de la información en memoria USB en 53 municipios.
Dato relevante: al realizar la revisión de los dictámenes de las leyes de ingresos de los ayuntamientos se detectó que sólo 55 fueron publicados en la Gaceta Parlamentaria. No aparecen los dictámenes de las leyes de ingresos de Santa Catarina, Soledad de Graciano Sánchez y Villa de Reyes, a pesar de que sí aparecen mencionados en el índice respectivo.
Una posibilidad es que los ayuntamientos de esos municipios no presentaron su iniciativa de Ley de Ingresos, lo que queda descartado por ser mencionados en el índice. Lo cierto es que la omisión en la publicación coloca la aprobación de esas tres leyes en una causal de invalidez por no haberse cumplido con esa parte del procedimiento legislativo.
De los 55 dictámenes disponibles, en 24 las copias simples por transparencia se cobrarán a un peso por foja; en 29 el costo será de 50 centavos, en tanto que en dos (Cedral y Mexquitic de Carmona) las copias simples se entregarán de manera gratuita.
Las copias certificadas tendrán 26 tarifas diferentes en esos 55 municipios, que van desde los 50 centavos en tres municipios (Cárdenas, Cerritos y Charcas), hasta los mil 819.26 pesos por foja en el municipio de la capital.
En la Ley de Ingresos del Ayuntamiento de San Ciro de Acosta la tarifa para las certificaciones aparece en 17.45 sin estar precedido por el signo de pesos, por lo que se entiende que está expresada en Unidades de Medida y Actualización, que al valor de este año representan los mil 819.26 pesos.
Un caso similar ocurre con la tarifa para las certificaciones en el ayuntamiento de Tamuín que señala 14 UMA que equivalen a mil 452.36 pesos. Podría tratarse de un error de omisión del signo de pesos, pero literalmente si son aprobadas así, el costo quedaría en UMA.
En 49 de los 55 municipios con la información disponible, el costo de las copias certificadas está expresado en UMA. En el caso del municipio de Villa Juárez, aparecen dos tarifas para las certificaciones, una de 0.31 UMA y otra de 5 UMA establecidas para “otras certificaciones” sin que se aclare lo que eso significa.
No en todos los casos presentan la estimación de los ingresos que prevén obtener por las copias simples y certificadas, pero destacan los casos de Rioverde y San Luis Potosí por el monto que esperan recaudar.
Al ayuntamiento de Rioverde prevé obtener 7 millones 976 mil 601.96 pesos que, si en todos los casos fueran copias simples entregaría esa misma cantidad de hojas, y si fueran certificadas entregaría 480 mil 518 fojas en el año.
En el caso de San Luis Potosí, el ayuntamiento prevé ingresos por cinco millones de pesos con copias simples a pesos y certificadas, lo que equivale a 19 millones de copias simples o 96 mil 394 copias certificadas. Un flujo impresionante para transparentar su información.
En 33 municipios se cobrará la entrega de la información en CD a 120 pesos, en 20 de manera gratuita y dos no mencionan costo (Cerro de San Pedro y Villa de Ramos). La entrega en memoria USB en 53 casos se establece como gratuita y otros dos municipios no lo mencionan (Cerro de San Pedro y Ciudad Valles).
El Ayuntamiento de Cerritos mantiene la aplicación de una tarifa por el escaneo de documentos en una UMA, que equivale a 103.74 pesos a precio actual.
Así la difícil homologación de las tarifas para facilitar el derecho de acceso a la información pública, con diputados que poco cuidado le ponen a ese aspecto de las leyes de ingresos y unos comisionados de la CEGAIP poco atentos para observar que esas tarifas no representen un obstáculo al ejercicio del derecho que deben proteger y garantizar.
Tan omisa ha sido la CEGAIP –con un incumplimiento más de lo que le ordena el artículo 34 de la Ley de Transparencia–, que la resolución de invalidez de las tarifas en 2018 se dio por controversias constitucionales promovidas por las comisiones Estatal y Nacional de Derechos Humanos y no por el organismo garante.
Así de poco atentos a lo que pudiera afectar el derecho de acceso a la información pública siguen los integrantes de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública.
Nota aclaratoria: Por un error en la captura de las tarifas sobre las copias por transparencia, en la base de datos quedaron intercambiados los correspondientes al ayuntamiento de San Luis Potosí y los del de San Nicolás Tolentino. El texto ha sido ajustado a esa circunstancia en aras de la precisión y en atención a la aclaración señalada por la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de San Luis Potosí. Con la corrección realizada, es de mencionar que el sentido del texto no varía.