La muerte de Odalis se investigó sin perspectiva de género y sin exhaustividad

Marcela Del Muro

La única línea de investigación que siguió la Fiscalía General del Estado (FGE) en el caso de Odalis Hipólito fue la del suicidio; por esta razón, es lógico que llegaran a la conclusión de que la adolescente se quitó la vida, explica Daniela Varela, abogada que acompaña y asesora a la familia Hipólito y a la colectiva de familias de víctimas de feminicidio Por ellas, por nosotras y por todas

Que las pruebas periciales estuvieran encaminadas a comprobar que la adolescente de 16 años se suicidó, va en contra de los estándares que debe de cumplir una investigación que se realiza bajo el protocolo de feminicidios, señala la abogada. En particular, nos habla de que la investigación de la FGE no fue exhaustiva, es decir, no exploraron todas las posibilidades de muerte, ni siquiera la del feminicidio.

El caso de Odalis, cuyo cuerpo fue hallado suspendido de un barandal en el último andén de la zona de transferencia del transporte público, que divide las calles 20 de Noviembre y Chicosein, el 11 de marzo de 2018, se caracteriza por la criminalización constante contra ella y su familia. La investigación, explica Varela, se construyó a base de estigmas y estereotipos que han obstaculizado el derecho a la verdad y a la justicia. Esto da cuenta de que la FGE no investigó con perspectiva de género.   

A finales de junio de 2024, Carmelo Hipólito, papá de Odalis, se enteró que el agente del Ministerio Público cerró el caso de su hija por segunda ocasión, sosteniendo, nuevamente, la versión del suicidio. El caso fue cerrado por primera vez el 11 de marzo de 2019, en el primer aniversario luctuoso de Odalis, y reabierto en febrero de 2023, a raíz de un amparo del padre.

Desde un principio, don Carmelo informó a la Fiscalía que se había enterado que Odalis vivió distintos episodios de violencia y celos en los pocos meses de relación con Juan N., sin embargo, la FGE tomó la declaración del novio para sostener la hipótesis del suicidio. “Estaba deprimida y drogada”, señaló el director de la Policía Ministerial, José Guadalupe Castillo Celestino, en conferencia de prensa el 20 de marzo de 2018. 

La declaración de Juan ante el ministerio público también menciona que la pareja estuvo junta la noche del 10 de marzo, hasta que tuvieron una pelea que provocó que se separaran. Odalis se quedó esperando un taxi que nunca tomó, mientras el novio se fue a una bodega localizada al principio de la calle 20 de Noviembre, donde consumió cristal. Según Juan, a las 2 y media de la madrugada se fue a su casa, localizada a tres cuadras del andén donde se encontró el cuerpo de Odalis, por lo tanto, atravesó por ese lugar. Como a las seis de la mañana, el Checo, un amigo que frecuentaba la bodega, fue a avisarle a Juan que su novia se había ahorcado, se había enterado porque un policía ministerial, que conocían también por la bodega, le había avisado. En la carpeta no hay declaración del Checo ni del policía ministerial, tampoco se intentó corroborar si la versión de Juan era cierta. 

La única grabación que se encuentra en la carpeta de investigación es de una cámara localizada en la esquina de Manuel José Othón y Chicosein, a 250 metros del lugar. Esta cinta ha sido utilizada por la Fiscalía, en 2019 y ahora en 2024, para justificar el suicidio y decretar el no ejercicio de la acción penal, aunque en la grabación no se alcanza a percibir qué pasó en la reja del último andén.

El video muestra a Odalis caminando por la zona de transferencia alrededor de las 3:30 de la madrugada. Conforme va avanzando, su silueta es tapada por los árboles. Las autoridades presentaron el siguiente análisis: “…en ningún momento se observa que la persona que camina hacia el barandal, quien por las prendas de vestir que se alcanzan a distinguir, se trata de la menor Odalis Anahí Hipólito Jiménez, esté acompañada, así como tampoco se aprecian terceras personas cerca de ella”.

Según los tiempos narrados por Juan N., él estaba en su casa cuando Odalis aparece caminando en el video. Sin embargo, en la investigación no existe ninguna entrevista o peritaje que corrobore la versión del joven.

Lamentablemente, tampoco hay pruebas periciales que averiguen si Odalis estaba siendo violentada por su novio, desestimando la información proporcionada por Carmelo.

La sentencia de la SCJN por el caso Mariana Lima Buendía y las similitudes con el caso de Odalis

El  25 de marzo de 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió la sentencia por el caso de Mariana Lima Buendía, víctima de feminicidio el  28 de junio de 2010, en el municipio de Chimalhuacán, Estado de México. Esta sentencia, que es la primera que dicta la Corte sobre el delito de feminicidio, se dio gracias a un amparo interpuesto por Irinea Buendía, madre de Mariana, después de que el caso fuera declarado suicidio en el 2011, y obligó a las autoridades mexiquenses a efectuar la investigación con perspectiva de género.

Una semana después de la sentencia, Julio César Ballinas, esposo de Mariana y policía ministerial de Chimalhuacán, fue detenido; sin embargo, fue sentenciado a 70 años de prisión ochos años después de la resolución de la SCJN, el 13 de marzo de 2023.   

La versión de Ballinas es que encontró el cuerpo de su esposa colgado de una armella, la bajó y la recostó en la cama, donde intentó reanimarla, no lo logró y llamó a su suegra para avisarle que Mariana se había suicidado, salió de su casa y fue al trabajo. Irinea sabía que su hija quería dejar a su marido por las distintas violencias que ejercía contra ella, se lo había dicho un día antes de su muerte, y negó la versión del suicidio.

“Según consta en el expediente, antes de rendir su declaración, pasó por bluetooth a dos policías investigadores, compañeros suyos, varias fotos de su esposa que tomó antes de bajarla de la armella, en caso de que les tocara investigar el caso. Dichas fotos no llegaron al expediente sino varios meses después. Al rendir su declaración, el agente ministerial manifestó que el día anterior había discutido por teléfono con Mariana, que él había pasado la noche con su expareja, que encontró colgada a su esposa cuando llegó esa mañana, y que había encontrado una nota suicida en la cama. En una declaración adicional manifestó que no deseaba que el caso se investigara como homicidio, puesto que Mariana se había suicidado”, señala la doctora Karla Quintana Osuna, secretaria de estudio y cuenta en la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

La investigación presentó una serie de incongruencias, a pesar de ellas, la muerte de Mariana fue declarada suicidio. Irinea, junto al equipo del Observatorio Nacional Ciudadano contra el Feminicidio comenzaron una batalla jurídica hasta que la SCJN atrajo el caso para su estudio. En todos esos años, Ballinas fue creciendo laboralmente, llegando a comandante de la policía.

La sentencia Mariana Lima Buendía señala “la especial obligación de prevenir, investigar y, en su caso, sancionar la violencia contra las mujeres, así como el derecho correlativo de éstas y sus familiares de que, entre otras, la investigación se lleve a cabo con perspectiva de género y con especial diligencia, sitúa a la dignidad de las mujeres más allá de los meros efectos restitutivos y articula un entendimiento de dignidad que es fundamentalmente transformativo y sustantivo”.

La SCJN dicta parámetros claros para la investigación de muertes violentas de mujeres: todas deben de ser investigadas como feminicidio, con perspectiva de género y con base en los estándares internacionales; en todos los casos es necesario recolectar y salvaguardar la evidencia; y la inacción e indiferencia de las autoridades, que lleva a la revictimización y discriminación de la víctima y su familia, deben ser sancionadas.   

“En un país en donde la violencia y discriminación contra la mujer es un fenómeno de la mayor gravedad, la emisión de la sentencia de Mariana Lima Buendía simboliza la apertura de un camino hacia el acceso a la justicia en éste y otros casos”, menciona Karla Quintana.

La abogada Varela señala que la FGE ha sostenido una narrativa sobre el caso de Odalis que carece de rigor científico y de debidas diligencias, que sólo han violado los derechos humanos de Odalis y su familia. Ante lineamientos tan claros en la sentencia de Mariana Lima Buendía, es necesario que se apliquen en el caso de Odalis Hipólito. La familia de la joven potosina exige que su muerte sea investigada de forma seria, aplicando el protocolo de feminicidio.

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