Por Victoriano Martínez
El golpe de la inhabilitación a Xavier Nava Palacios y compañeros es demoledor, pero para la población en general, como espectadores, no deja de ser un mero capítulo más de la degradación de la vida pública que la visceral politiquería ha exhibido desde hace algunos años y que en los últimos meses ha mostrado sus manifestaciones más burdas.
Nava Palacios no ha sido ajeno a tales manifestaciones. Lo que hoy enfrenta no es más que la cosecha de su convenenciero recorrido por distintas y hasta rivales franquicias de la politiquería que, por muy buena –aunque dudosa– intención que haya tenido, tan mal parado lo dejó que no sólo no logró reelegirse como alcalde, sino que cayó al tercer lugar en la elección.
Si su inhabilitación hoy le da un golpe de realidad que le muestra a dónde lo llevó la soberbia con la que se ha conducido, también le abre la oportunidad de una reflexión distinta a la que –cuando perdió la postulación panista por la gubernatura– lo llevó a concluir que debía recurrir a una gavilla partidista distinta para reelegirse.
Un recorrido que hoy lo condena a buscar medios de defensa ante una resolución del Congreso del Estado que, en términos del artículo 126 de la Constitución Política del Estado, no es recurrible, pero que –para casos similares– la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido varias jurisprudencias en atención a los principios de seguridad jurídica y de la protección del acusado.
No en balde especialistas nacionales y organismos internacionales de derechos humanos han advertido que en México, el juicio político más que ser una garantía y herramienta constitucional para el equilibrio de poderes y para los electores, se ha transformado en un arma político-partidista.
Si bien Nava Palacios dio pie a la posibilidad de que se le sancionara, el Congreso del Estado exhibe una inusual eficacia en el trámite del juicio político que, más que una señal de eficiencia en su trabajo, deja claro a qué intereses obedecen la totalidad de los diputados y pulveriza la independencia del Poder Legislativo y el sentido democrático de la división de poderes.
De paso, con la acumulación de casos en los que los diputados privilegian satisfacer la voluntad de Gallardo Cardona, resulta que les bastó un solo periodo ordinario de sesiones y un relampagueante extraordinaria para demostrar que serán una Legislatura peor que la anterior, como ocurre desde hace varios trienios.
Que la Constitución local califique el tipo de resolución que se dio como irrecurrible no significa que sea infalible en el cumplimiento de los requisitos en cada una de las etapas del proceso ni en la valoración de datos y pruebas.
Un solo ejemplo: excluye de la lista de sancionados al hoy diputado Eloy Franklin Sarabia porque supuestamente acreditó acciones a favor de atender la suspensión de amparo con el acta de la sesión del Cabildo del 12 de junio de 2020 al intervenir en el punto relacionado con el tema, aunque sólo lo hizo para reclamar que Nava Palacios hizo ademanes para tildarlo de loco.
“Muchos de los compañeros piden respeto cuando el propio Alcalde no tiene respeto a las opiniones de nosotros, hace un momentito cuando yo estaba vertiendo una opinión el Señor Alcalde estaba haciendo señas como si estuviera loco, Señor Alcalde no estoy loco”, fue la intervención en aquella sesión que salvó a Franklin Sarabia de aparecer entre los sancionados.
Que sea constitucionalmente irrecurrible la resolución no impide que existan escenarios que la SCJN ha considerado, por vía de jurisprudencia, viables para iniciar juicios de amparo. No sería el primer caso en que la justicia federal revocara resoluciones del Congreso local, como ya ha ocurrido en temas diversos, entre los que se encuentra la anulación de la Ley Electoral resulta un caso emblemático.
Nada menos que el mismo sábado, en la sesión pública del Congreso del Estado, se aprobó la Ley de Asistencia Social que, aunque se presumió como un gran logro hasta celebrado por Ruth González, presidenta del DIF estatal, el hecho es que atiende una orden de la SCJN tras la anulación de esa Ley por una falla de los diputados: no haber consultado a las personas con discapacidad.
La celeridad con la que se resuelve el juicio político, en la que incluso se adelantan a dictaminar antes que el Juzgado Octavo de Distrito sobre la violación a la suspensión del amparo, no sólo exhibe el grado extremo de sumisión de los legisladores a la voluntad del gobernador Ricardo Gallardo Cardona, sino la urgencia por cobrar venganza por parte de la gallardía.
Una urgencia que, por un lado, bien pudo dejar cabos sueltos por los que Nava Palacios encuentre una salida, pero que además –si el ex alcalde hoy presidente del Frente Cívico Potosino actúa con inteligencia y le baja dos rayitas a su soberbia– podría capitalizar luego de ser colocado de esa manera en la escena pública, tras un periodo de silencio y poca actividad de ya casi un mes.
Finalmente se trata de un capítulo más de la degradación de la vida pública en el que la visceral politiquería pasa de exponer a un Gallardo Cardona, cuya principal defensa contra las denuncias por sus fechorías es el flaco argumento de golpeteo político y guerra sucia, a estar del otro lado para ser acusado de lo mismo y hasta de “cacería de brujas”.
El denigrante espectáculo es el mismo: pleitos politiqueros en los que lo que menos importa es que se logre un buen ejercicio de la administración pública, se cumpla la legalidad, se aplique de manera correcta el erario y se atienda el interés de la población.