Por Eduardo Delgado
El Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), Héctor Avilés Fernández, consideró “más o menos claros” los términos y condiciones a que deben sujetarse los presidentes municipales y diputados locales postulados para su reelección.
La última reforma electoral, aprobada por el Congreso del Estado, contiene disposiciones “muy generales”, que deben ser observadas por los organismos políticos interesados en impulsar la reelección de alcaldes o representantes populares.
Sin embargo reconoció que “como en todo” las normas siempre están sujetas a interpretaciones y debate, “pero yo creo que está más o menos claro; con las disposiciones que hay se establecen las bases mínimas”.
Una que la reelección debe ser para el mismo cargo y otra señala que los ediles y legisladores deberán separarse de sus cargos 90 días antes de la jornada electoral, es decir el primero de abril de 2018.
“Incluso el funcionario que no vaya a reelección tiene que dejar su cargo 90 días antes de la jornada electoral”, añadió el funcionario electoral.
Consideró factible diferendos “salvo que a alguien desconozca una reforma reciente y quizá no tenga toda la información”.
La norma electoral, señaló, refiere “plazos, cargos, el cómo y que (el propuesto a la reelección) debe ser por un partido que lo promovió en la elección anterior”.
Finalmente precisó que es decisión del partido definir si postulan a uno de sus militantes electos para su reelección.