Por: Eduardo Delgado.
Por el caso de un niño de segundo año de primaria lesionado en su escuela por un compañero del mismo grado, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) le giró una recomendación al titular de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado (SEGE), Vito Lucas Gómez Hernández, pues la víctima no recibió atención inmediata, cuya omisión amerita la sanción a una maestra y la directora del plantel, estableció el organismo.
Tampoco, han sido cubiertos los gastos médicos originados tras el incidente, acontecido el 11 de diciembre del año anterior, mientras los alumnos se formaban para regresar al salón de clases después del receso.
Momento cuando el agresor empujó a su compañero y este cayó al suelo, se golpeó en la cabeza y quedó inconsciente. Los compañeros avisaron a la mentora del grupo quien auxilió al infante con ayuda de dos profesores y luego de que recobró la conciencia lo hicieron caminar a la dirección.
Enseguida la docente llamó a la progenitora del infante lesionado y le pidió presentarse en el centro educativo, donde le reportó lo sucedido.
Ese mismo día el menor reportó dolor intenso en la cabeza y en el oído izquierdo, por lo tanto su mamá lo llevo al médico particular, quien le recomendó someterlo a un encefalograma y resonancia magnética.
Al siguiente día la madre pidió a los padres del agresor sufragar los gastos originados de la atención clínica y estos se negaron, de lo cual la directora se deslindó con el argumento de no poder obligarlos a ello.
En consecuencia la afectada presentó la queja ante la CEDH, contra la maestra y la responsable de la primaria. Tras examinar el caso el organismo consideró que estaban obligadas a brindarle al estudiante atención inmediata y, por la gravedad de la lesión, solicitar los servicios médicos de emergencia para trasladarlo a un hospital.
Pues “cualquier golpe en la cabeza” puede producir lesiones de consideración o irreparables, además de los protocolos médicos recomiendan inmovilizar a una persona ante la pérdida de consciencia.
A poco más de medio año del incidente, precisó, el niño requiere un estudio de tomografía de cráneo, para descartar una lesión interna, pero no se le practicado “por la falta de recursos económicos de la madre”, incluye la recomendación en el apartado de observaciones.
Catalogó la omisión de profesora y directora como “relevante”, en virtud de que el infante se encontraba bajo su cuidado y por ello deben ser sometidas a un procedimiento administrativo y, en su caso, sancionadas.
La CEDH recomendó al titular de la SEGE girar instrucciones para proceder a la reparación del daño, “con una compensación justa”, incluido tratamiento médico y psicológico del afectado y su progenitora.
En este caso se acreditó la violación a los derechos humanos a la integridad personal y al interés superior del menor en agravio de la víctima, en un plantel escolar de la capital potosina.