Fernanda Durán
Este lunes 5 de septiembre inició la discusión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del proyecto que plantea eliminar la prisión preventiva oficiosa, en donde cuatro ministros se posicionaron en contra y uno a favor, mientras que este martes continuará la sesión con los seis ministros restantes.
A pesar de los seis puntos de vista restantes, el proyecto impulsado por el ministro Luis María Aguilar Morales está perfilado a no obtener los ocho votos necesarios para su aprobación por mayoría calificada.
Dicho proyecto que contempla eliminar la prisión preventiva oficiosa de 16 delitos fue promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y senadores que se oponen a esta figura jurídica en 2019; en cambio, la propuesta ha sido rechazada por el presidente Andrés Manuel López Obrador y diversas dependencias federales.
Al abrir la sesión, el ministro Aguilar Morales aclaró que no pretende eliminar la prisión preventiva, sino que se convierta en una medida cautelar que amerite la justificación en todos los casos, sin ser aplicada en automático con ciertos delitos; a partir de invalidar el párrafo séptimo del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y el quinto de la Ley de Seguridad Nacional.
Durante la sesión, los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Alberto Pérez Dayán y Juan Luis González Alcántara Carrancá, fueron los primeros en desestimar la propuesta.
Yasmín Esquivel Mossa consideró que la Corte no tiene la facultad para redactar o reformar la Constitución, cuya modificación o invalidez corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión. Asimismo, suprimirla implicaría “dejar a la sociedad a merced de las bandas de crimen organizado”.
“La decisión de inaplicar cualquier norma Constitucional equivale a invalidarla, o por lo menos, a vaciarla de contenidos. Se declara inconstitucional a la propia Constitución, como si fuera contradictoria”.
Por su parte, Loretta Ortiz consideró que abordar la inaplicación de una norma constitucional por parte del Poder Judicial cuestiona la división de poderes y consideró como una “falacia” desaplicar este artículo, dado que los ministros están llamados a proteger la Constitución.
Igualmente, el ministro Alberto Pérez Dayán aseguró que la SCJN no cuenta con la facultad para declarar la inconstitucionalidad o inconvencional de la Constitución. Agregó que no hay base para que se ordene inaplicar la Constitución con la mayoría de ocho votos, puesto que sólo se prevé para la invalidación de leyes secundarias.
“No me corresponde, entonces, asumir una tarea que no se me otorgó, no soy quién para desprender hojas a la Constitución”, dijo Pérez Dayán.
Finalmente, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien anunció su voto a favor, apuntó que la prisión preventiva “automática” basada en condiciones genéricas es violatoria de los derechos humanos de los imputados.
No obstante, rechazó estar a favor de la inaplicación del artículo 19.
“Seguir interpretando el artículo 19 como si autorizara la prisión preventiva automática, es representar a la Constitución como si traicionara sus principios más fundamentales”, comentó González Alcántara.
El debate continuará este martes con el tuno del ministro presidente Arturo Zaldívar, así como las ministras Margarita Ríos Farjat y Norma Lucía Piña, y los ministros Jorge Mario Pardo, Alfredo Gutiérrez Ortiz y Javier Laynez.