Gloria Serrato
En la historia reciente, la misógina, el machismo y el sexismo se han escudado en la ciencia para perpetuar la violencia hacia las mujeres; muchos hombres de diferentes especialidades del conocimiento, realizaron una serie de estrategias para disminuir la importancia y trascendencia de que nosotras ejerciéramos nuestros derechos.
Los hombres no aliados de las mujeres pero sí del patriarcado, han observado desde su enfoque, una realidad que consolidaron como teorías para fortalecer a las masculinidades hegemónicas. En materia de psiquiatría, se “identificó” un síndrome que generó que muchas mujeres estuvieran envueltas en la violencia institucional, por parte de las autoridades impartidoras de justicia.
Richard Alán Gardner, psiquiatra norteamericano que auspiciado por la Universidad de Columbia escribió diversos artículos y libros sobre el Síndrome de Alienación Parental, que durante décadas y aún hoy en día, se intenta identificar mediante peritajes y dictámenes para señalar si un niño o niña ha sido alienado por la madre, en casos de abuso sexual por parte de sus padres biológicos.
Gardner en “The Parental Alienation Syndrome” definió como “(…) un lavado de cerebro al cual uno de los padres –generalmente la madre–, somete al hijo/a, en contra del otro progenitor –generalmente el padre– logrando de este modo alienar, quitar a ese padre de la vida del hijo/a, para hacerlo desaparecer, pudiendo llegar el niño hasta a creer que su padre abusó sexualmente de él (…)” señala además que este Síndrome se presenta cuando hay un divorcio contencioso por la custodia de los hijos.
Llegar a establecer que las conductas de niños y niñas, que habían vivido violencia por parte del padre, eran el reflejo de las acciones realizadas por la madre con el objeto de “lavarle el cerebro” y generar el odio hacia el padre, fue consolidado como una metodología para establecer un procedimiento que sirviera de herramienta para medir el supuesto daño ejercido por la madre.
México recogió las aportaciones de esta supuesta teoría y de otros autores más que consideraron que Gardner tenía solvencia científica y las incorporó a las demandas en materia familiar. Cientos de jueces y juezas utilizaron el concepto de alienación parental, no sólo en nuestro país sino en muchas partes del mundo para desacreditar a las mujeres cuando denunciaban violencia y abuso sexual en contra de sus hijos o hijas y solicitaban la guardia y custodia.
Hubo situaciones delicadas en que muchas mujeres perdieron las custodias, algunas fueron incluso encarceladas acusadas de delitos que no cometieron, incluso llegaron a quitarse la vida ante la situación en la que estaban atrapadas por un sistema de justicia que les impedía observar los hechos apegados a la verdad. La utilización de este tipo de metodología llevó a que juzgadores otorgaran la custodia de niños y niñas a padres agresores, incluso cuando habían sido denunciados penalmente por agresión sexual, física y emocional de sus hijos e hijas.
Hace varias décadas, incluso antes de la muerte de Gardner, se determinó que no tenía la calidad ética y profesional para determinar que este concepto de alienación parental efectivamente existía, se determinó que era fraudulento y siempre en contra de las mujeres; posteriormente se identificó la parcialidad con que el investigador realizó sus peritajes en diversos juicios, así como en sus publicaciones y por el contrario se determinó su culpabilidad en el delito de pederastia.
En México el 4 de agosto de 2017 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Decreto que derogó el artículo 323 Séptimus del Código Civil del Distrito Federal, en el que existía la figura denominada “alienación parental”, donde era considerada un tipo de violencia familiar; a partir de ese momento inició la discusión entre los expertos del derecho, bajo el argumento de que con ello se dejaba en la indefensión los derechos de los niños y niñas, siempre dando por asentado que el síndrome existía a pesar de que no estaba señalado por la Organización Mundial de la Salud, ni por ninguna de las asociaciones de psicología.
Cientos de niños y de niñas fueron arrancados del cuidado de sus madres con la complicidad de jueces, quienes daban por hecho que el concepto creado por Gardner efectivamente era un postulado verdadero.
Con la modificación de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Libre de Violencia en San Luis Potosí, se da fin a este concepto de alienación parental y darle una justa dimensión al desplazamiento de la violencia que muchas mujeres han vivido a manos de sus parejas o ex parejas, a quienes lastimaron con actos de violencia hacia sus hijos e hijas. Es importante que la utilización o incorporación del concepto de violencia vicaría no se desvirtúe de lo que es en esencia este tipo de violencia, que es el desplazamiento de la violencia que se ejerce en contra de una mujer hacia sus hijos e hijas, es hacerle daño a ellos para lastimar de manera indirecta a la madre.
Tenemos que tener mucho cuidado con los postulados científicos utilizados en muchas ocasiones para acreditar o probar la violencia que se ejerce contra niños y niñas, y aunque se pueda contar con el rigor de un método científico que permite creer que efectivamente lo que se plantea es verdadero, ahora sabemos que muchos investigadores han manipulado la información con el objetivo de desacreditar la violencia que se ejerce en contra de las mujeres.
El Síndrome de Alienación Parental no ha sido reconocido como una patología por ninguna institución médica, psiquiátrica o asociación científica y su aprobación ha sido rechazada por la Asociación Americana de Psiquiatría, la Asociación Americana de Psicología y la Organización Mundial de la Salud, de tal manera que no debe ser empleado como parte clave para retirar la custodia de niños y niñas a la madre.
Las opiniones aquí expresadas son responsabilidad del autor y no necesariamente representan la postura de Astrolabio.
Es periodista y abogada, doctora y maestra; especialista en atención a víctimas, derechos humanos, transparencia y salud. Actualmente es directora general del Instituto de las Mujeres de San Luis Potosí. Anteriormente se desempeñó como directora de Derechos Humanos en la Fiscalía General del Estado; fue comisionada de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas y presidenta de la Mesa Interinstitucional de Feminicidios. Cuenta con diversas publicaciones entre las que destaca su tesis doctoral Construcción de Personajes: El Subcomandante Marcos y la prensa en México 1994 a 1995.