María Ruiz
Este viernes se llevó a cabo la audiencia de suspensión condicional del procedimiento solicitada por la defensa de Ricardo “N”, ex director de Deporte Municipal. El exfuncionario se encuentra vinculado a proceso acusado de hostigamiento sexual en contra de Jana y Vale, extrabajadoras del Ayuntamiento.
Después de una hora de audiencia y de la comparecencia de la parte afectada, dicha solicitud fue declarada improcedente por la Jueza de Control, ya que no cumplía con los requisitos; además se manifestó oposición por parte de las víctimas.
Esta solicitud de suspensión condicional del proceso comprendía la petición de que el imputado, Ricardo “N”, estableciera un acuerdo reparatorio del daño, bajo una serie de condiciones que le permitieran concluir su causa penal.
Parte de las soluciones alternas que propuso la defensa de Ricardo “N” estuvieron respaldadas por el Artículo 195 del Código Nacional de Procedimiento Penales, en su fracción II, que indica limitar cualquier tipo de acercamiento con las víctimas, o bien, dejar de frecuentar lugares y a personas específicas.
Además de cubrir el pago de la terapia psicológica de ambas. Este acuerdo que conlleva el solventar el gasto de una terapia psicológica a la semana, durante 12 meses, de un costo aproximado que oscila entre los 500 y mil pesos por sesión.
No obstante, la defensa de estas dos deportistas de alto rendimiento manifestó durante la audiencia que, en razón al artículo 25 de la Ley General de Víctimas, el pago de las terapias psicológicas de las denunciantes no cumplía con los efectos de reparación del daño.
“La terapia psicológica no es una reparación del daño a las víctimas que han sido expuestas a violencia de género, por una situación de poder y subordinación de parte de quién fuera el jefe de ellas”, manifestó la asesora jurídica de Jana y Vale.
Por esta razón, la abogada recalcó que, además de un tratamiento psicológico, era necesaria la vigilancia del imputado y una disculpa pública como parte de la reparación.
Fue así que el abogado defensor de Ricardo “N”, Néstor Fiallo Samayoa, manifestó que la naturaleza del ilícito y las causales por las que está vinculado su defendido no precisaban ni necesitaban una disculpa pública y que, de ser así, se revictimizaría al imputado.
“La disculpa sería asumir responsabilidades, repercutirían en la vida del imputado y por ello no es procedente. Para efectos de reparación se sugiere tratamiento psicológico”, declaró Fiallo Samayoa en la audiencia.
Después de un breve receso solicitado por la Jueza, se le pidió a la Ministerio Público de la Fiscalía Especializada encargada del caso de Jana y Vale, la declaración de los hechos por los cuales estas deportistas realizaron la denuncia, los cuales engloban: acoso sexual, insinuaciones con índole sexual, violencia verbal y violencia laboral, entre otras.
En ese momento, dentro de la sala, Jana y Vale no pudieron evitar el llanto. Leer aquellas declaraciones que recapitulaban la violencia sostenida por su agresor las trastocó.
Por su parte, al exdirector de Deporte Municipal se le notó incómodo y su molestia fue evidente.
Después de realizar la lectura de las declaraciones de maltrato de estas extrabajadoras del Ayuntamiento, la Jueza de Control se tomó unos minutos para emitir el dictamen.
“Lo que se busca es una salida pacífica y un acuerdo que comprenda a ambas partes, pero en este caso existe una oposición por parte de las víctimas en cuanto la reparación del daño, la cual es procedente. Por ello debe garantizarse la efectiva tutela de los derechos de la víctima u ofendido como lo indica el artículo 191 del Código de Procedimientos Penales”, señaló la Jueza de Control.
Posterior a ello, mencionó que las peticiones de reparación del daño de la parte afectada eran procedentes.
Asimismo, la Jueza consideró necesaria la disculpa pública, ya que en el momento que ocurrieron los hechos, el implicado Ricardo “N” trabajaba como funcionario público.
También hizo hincapié en que la defensa del exfuncionario acepta parte de la responsabilidad que se le imputa, ya que existe una intención de reparar el daño a las víctimas, y que por ello la disculpa pública no sería un acto de revictimización.
“Hay que centrarse, asumir y reparar daño, comprometerse a que esta situación no se repita nunca”, fueron las palabras de la jueza de control antes de sentenciar improcedente esta solicitud.
Debido a la oposición de las víctimas, en cuanto a la reparación del daño fundamentada por la parte inculpada, la Jueza declaró improcedente esta solicitud por lo cual decretó terminada la audiencia.
La lucha aún no termina
Una vez finalizada la audiencia, Jana y Vale expresaron sentirse satisfechas con su abogada defensora, Crishel Camarillo, y con la resolución de la Jueza de Control.
“Nos sentimos satisfechas, pero sabemos que esto aún no termina. El proceso es verdaderamente extenuante y ahora comprendemos por qué muchas víctimas deciden desertar en sus denuncias”, expresaron.
Además, recalcaron que el sistema penal revictimiza a las mujeres en demasía y que es necesaria la implementación de la perspectiva de género en los procesos penales y judiciales.
“Nosotros somos unas mujeres preparadas, extranjeras que hacemos el intento de entender las leyes mexicanas, pero ¿qué pasará con aquellas mujeres analfabetas, en una condición de pobreza, cuando se enfrentan a una situación similar a la nuestra?”, cuestionó Vale.
Asimismo, manifestaron que este proceso que sobrellevan será un referente para la justicia potosina, ya que muchas mujeres que trabajan en dependencias, instancias y administraciones de Gobierno, y que además sufren violencia, se animarán a no quedarse calladas.
Por su parte, la abogada defensora, Crishel Camarillo, recalcó que el proceso penal continúa.
“El proceso sigue su rumbo. Lo más seguro es que el imputado solicite otra suspensión condicional de procedimiento, porque es su derecho”, recalcó.
También asevero que como es un derecho que le asiste, espera que, de ser solicitado, el imputado y su defensa lleguen con otra actitud, para tratar de conciliar y resarcir el daño a las víctimas como se merecen.
Remarcó, además, que la finalidad de este proceso es acceder a la verdad, a la justicia y a la reparación del daño de las víctimas.
“También una medida de reparación del daño es que el imputado acuda a atención psicológica y a cursos que lo sensibilicen en materia de género. Sabemos que la mayoría de los hombres que ejercen violencia es porque ya la han normalizado”, subrayó.
Por último, Jana, Vale y su abogada insistieron en que apelarán a una reparación integral del daño, pues no solo se trata de realizar el pago de una consulta terapéutica.
“La violencia de género te quita todo y una reparación integral, subsanar y a un poco todo este proceso que nos dejó a la deriva, sin nada”, finalizaron.