Otorgan suspensión definitiva contra retiro de adoquines en San Miguelito

Abelardo Medellín

El Juzgado Sexto de Distrito en el estado otorgó la suspensión definitiva a vecinos del Barrio de San Miguelito contra el retiro de adoquines en diversas calles, pero resolvió no otorgar la suspensión definitiva contra las autoridades señaladas como responsables.

De acuerdo con la resolución emitida el 13 de noviembre con número de identificación 1257/2023-IV, la juez Sexto de Distrito encontró que los actos reclamados en contra del gobernador Ricardo Gallardo Cardona; el secretario general de Gobierno, Guadalupe Torres Sánchez; el alcalde de San Luis Potosí, Enrique Galindo Ceballos; y el director general del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), Hugo Cotonieto Santeliz, fueron negados por los implicados y no existió una respuesta posterior que desvirtuada.

Dado que las negativas expresadas por estas autoridades no fueron controvertidas, “lo procedente es negar la suspensión definitiva que se solicita respecto de dichas autoridades”, resolvió.

En el tercer considerando, se expone que la autoridad responsable de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas (Seduvop), manifestó que los actos reclamados eran parcialmente ciertos, ya que en la zona se trabaja con un permiso aún vigente emitido por el INAH.

Tras una revisión documental de las consideraciones y la jurisprudencia existente relacionada con los actos reclamados, el juzgado resolvió lo siguiente:

“Decretar la suspensión definitiva que solicita la parte impetrante respecto de los diversos actos reclamados relacionados al retiro de adoquines en las calles del Barrio de San Miguelito, en esta ciudad, entre ellas: Carlos Diez Gutierrez, Pedro Vallejo, León García, Fernando Rosas, 5 de Mayo, Pascual M. Hernández, Independencia, Miguel Barragán, Mascorro, Xicoténcatl, con motivo de la reconstrucción del citado Barrio”.

Además de resolver en contra del retiro de adoquín en las áreas mencionadas, el Juzgado añadió en la resolución un apercibimiento, por el cual el INAH y la Seduvop deberán informar cada viernes a partir de la emisión de esta resolución, sobre el cumplimiento de los puntos señalados en la autorización que emitió el propio INAH.

De no cumplir con los informes semanales, ambas autoridades serán sancionadas con una multa por el equivalente a 50 días del valor de la Unidad de Medida y Actualización, es decir 5 mil 187 pesos.

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