Otro tipo de elecciones son posibles

Por Victoriano Martínez

Hace seis días concluyó el plazo para que los candidatos a magistrados y a jueces del Poder Judicial del Estado aportaran su información curricular y de identidad a la plataforma que será el principal espacio para darse a conocer para que el electorado cuente con elementos de juicio para determinar por quien va a votar: la plataforma oficial “Conóceles.

El sistema Conóceles operó durante el proceso electoral de 2024, aunque no se le dio tanta difusión como se le tendrá que dar ahora en le elección Judicial por la sencilla razón de que representa el principal espacio en el que los votantes podrán acceder a la información sobre los candidatos, a diferencia de las elecciones del Legislativo y el Ejecutivo.

La presencia pública de los candidatos en las elecciones de Ejecutivo y Legislativo es tan invasiva y avasalladora sobre el elector, a quien se manipula con dádivas y promesas, de tal manera que la información más útil que pudiera encontrarse en un sistema como Conóceles –con lineamientos como los establecidos para la elección Judicial–, estorba a los partidos.

El contraste entre la elección Judicial, en la que para la obtención de los votos los candidatos dependen principalmente de dar a conocer su identidad, perfil e información curricular con un presupuesto limitado frente a un financiamiento público millonario a los partidos políticos para que construyan imágenes falsas de sus candidatos, independientemente de si debe o no elegirse los juzgadores, exhibe desde ya un vicio grave en el acceso a los cargos a través de los partidos políticos.

“Se entiende por campañas el conjunto de actividades que realizan las personas candidatas a juzgadoras y sus simpatizantes que tienen como propósito difundir la trayectoria profesional, méritos y visiones acerca de la función jurisdiccional y la impartición de justicia, así como propuestas de mejora”, se define en los lineamientos del proceso electoral extraordinario.

Si para el caso de la elección judicial se privilegia la difusión de la trayectoria profesional, los méritos y la visión de la función jurisdiccional, ¿por qué en el caso de gobernador, alcaldes o diputados prevalece la promesa irrealizable, la proyección de imagen y la manipulación del elector al apelar al voto emocional antes que a aportarle elementos para razonarlo?

“Queda prohibido que las personas candidatas, por sí o interpósita persona, hagan erogaciones de recursos públicos o privados para promocionar sus candidaturas”, establece el cuarto párrafo del artículo 499 de la Ley Electoral estatal. Una disposición que les deja sólo la posibilidad de gastos personales de campaña.

¿Cuántos recursos se ahorrarían si esa misma prohibición se diera para los candidatos a gobernador, alcaldes y diputados si los candidatos sólo pudieran realizar gastos personales de campaña?

A más tardar el 15 de abril el Consejo General del CEEPAC determinará los topes de gastos personales de campaña aplicables para cada candidatura a los cargos en juego en el Poder Judicial.

Se esté a favor o en contra de la elección de jueces, un hecho es que este proceso electoral extraordinario tiene como elemento adicional que dejará ver que es posible convocar a elecciones con características muy distintas a las hasta ahora conocidas, en las que prevalece el derroche de recursos que se traduce en compra de votos indirecta y hasta directa.

El sistema Conóceles, en consecuencia, figura como el principal instrumento –así requiera de un esfuerzo por parte del elector– para que el votante cuente con información para razonar su voto al abrir a la ciudadanía el acceso a la información sobre los aspirantes a ocupar un cargo en el Poder Judicial del Estado.

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