Angélica Campillo
Los integrantes de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN) en el Congreso del Estado propusieron una iniciativa con Proyecto de Decreto con la que se busca reformar la Ley de Hacienda del Estado de San Luis Potosí, para que la entrega de licencias gratuitas se extienda a choferes de transporte público.
En su exposición de motivos, los diputados panistas Juan Francisco Aguilar Hernández, Liliana Guadalupe Flores Almazán, Rubén Guajardo Barrera, María Aranzazu Puente Bustindui, Bernarda Reyes Hernández y José Ramón Torres García, recordaron que el Pleno de la LXIII Legislatura aprobó, en sesión de fecha 14 de octubre de 2021, la reforma del artículo 66 de la Ley de Hacienda para Estado de San Luis Potosí.
El efecto de dicha iniciativa fue que a partir del día siguiente de su publicación de correspondiente Decreto en el Periódico Oficial del Estado (POE), los habitantes de la entidad potosina, al tramitar licencia para conducir de automovilista, chofer de servicio particular y conductor de motocicleta, no pagarán derechos en virtud de que el costo se tasó en cero pesos.
Apuntaron que los motivos expresados se sustentan en la realidad que enfrentan las y los potosinos ante la disminución de su economía ocasionada por el COVID-19, lo que implica que gran parte de la población no pueda pagar los derechos que se encontraban vigentes, e incluso una limitante para acceder a determinados empleos, por lo que la gratuidad en la expedición de las licencias representa un apoyo a la economía de las familias.
Los legisladores del PAN explicaron que quienes tienen como actividad económica la conducción de vehículos de servicio de transporte público, generan ingresos para llevar el sustento a sus familias, sin embargo, al conducir un taxi, camión urbano, transporte escolar, servicio colectivo en ruta y mixto, o transporte de trabajadores, han quedado al margen de este beneficio.
Mencionaron que en la mayoría de los casos estas personas tienen ingresos apenas suficientes, por lo que consideraron necesario que deben contar con una licencia de conducir, que de entrada es más onerosa que las que hoy ya tienen cero pesos, pues su costo es de casi 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA’s), es decir, 1 mil 790 pesos, más el 25 por ciento de asistencia social.
Señalaron que por ello, a partir de los mismos razonamientos que dieron lugar a la gratuidad en todas las demás licencias —aunado a que el parque vehicular de las y los potosinos que tienen como fin el transporte público son, en términos numéricos, infinitamente menores a los vehículos y choferes particulares—, “resulta de elemental justicia, apoyar la economía de los conductores del servicio de transporte público en todas sus modalidades, estableciendo de igual forma una tasa cero en los derechos por la emisión de sus licencias de conducir”.
En cuanto al requisito de presentar estudio de impacto presupuestal, los legisladores panistas basaron su postura en la opinión emitida por el C.P. Jesús Salvador González Martínez, en su carácter de Secretario de Finanzas del Estado, y que consta en el OFICIO No SF/PF/896/2021 de fecha 11 de octubre de la presente anualidad, y en el que concluye lo siguiente:
“(…) La iniciativa presentada por el Gobernador Constitucional del Estado, que pretende reformar el artículo 66 de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí; así como también derogar el contenido del artículo 12 de la Ley de Ingresos del Estado para el ejercicio fiscal 2021, no implica un impacto negativo en las finanzas estatales, dado que se podrá en marcha un programa intenso de austeridad en el ejercicio del Gasto Público, concretamente en lo referente al capitulo 1000 del Presupuesto de Egresos; aunado a lo cual se iniciará un plan de fiscalización permanente que tiene por objeto ser más eficiente en la recaudación de contribuciones”.
Por lo que presentaron el proyecto de decreto para reformar el artículo 66 en su inciso c numerales 1, 2 y 3 de la fracción I, así como último párrafo de la fracción I de la Ley de Hacienda del Estado de San Luis Potosí, y que quedaría de la siguiente manera:
Artículo 66
I…
a…
b…
c. Para chofer de Servicio Público
1. Tipo “A”, Transporte de carga y carga ligera, no tendrá costo.
2. Tipo “B”, Taxis y colectivos Ligeros no tendrá costo.
3. Tipo “C”, Transporte Urbano y Turismo no tendrá costo.
La vigencia de las licencias para conducir vehículos otorgadas a los automovilistas, choferes del servicio particular, chofer de servicio público y conductores de motocicletas y motonetas con residencia acreditada en el Estado, será de carácter permanente conforme a lineamientos que emita la Secretaría de Finanzas.