Leticia Vaca
La diputada Marite Hernández Correa presentó una iniciativa para que, aunque ya se haya cumplido la mayoría de edad, la pensión alimenticia pueda ser retroactiva en los casos en que no fueron subsanados cuando el acreedor era menor de edad.
Hernández Correa propone adicionar el artículo 164 del Código Familiar del Estado, el cual en la actualidad sólo establece que “el derecho de recibir alimentos no es renunciable, ni puede ser objeto de transacción”, por lo que la legisladora sugiere que se agregue el siguiente párrafo: “el acreedor alimentario, aun siendo mayor de edad, podrá solicitar el pago retroactivo de los alimentos que se generaron durante el tiempo que tenía derecho a percibirlos y no se subsanaron cuando era menor de edad”.
En la exposición de motivos se citó un pronunciamiento de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el recurso de revisión número 1388/2016, en el cual resaltó “que la posibilidad de reclamar el pago de los alimentos, no se circunscribe a la esfera de la minoría de edad, dado que una persona mayor de edad, puede reclamar dicho pago de manera retroactiva, no en cuanto a su derecho a los alimentos en la actualidad, sino respecto de aquellas necesidades alimenticias que se actualizaron y no se subsanaron cuando era menor de edad”.
Asimismo, se precisó que negar el pago de los alimentos retroactivos que se deben en virtud de los deberes de paternidad a una persona mayor de edad, es violatorio de los principios de igualdad y no discriminación.