Redacción
Los plenos del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado acordaron suspender actividades del 28 de enero al 9 de febrero como una medida preventiva para mitigar y controlar los riesgos para la salud derivado del incremento de contagios de COVID-19 en todo el estado.
Con la finalidad de evitar la concentración de personas y la posible propagación del virus, se determinó suspender las actividades y los términos procesales de los juzgados de primera y segunda instancia, así como de los órganos jurisdiccionales administrativos.
Los juzgados penales del Sistema Tradicionales y de Justicia Especializados en Adolescentes y ejecución de medidas quedaron exceptuados de la suspensión total de labores debiendo implementar guardias para atender los asuntos urgentes.
Para los Centros Integrales de Justicia y en los Tribunales de Juicio Oral no se suspenderán los términos procesales ni las audiencias, pero éstas se llevarán a cabo a través de videoconferencias, presenciales o privadas, según lo determinen los operadores jurisdiccionales.
La calificación de detenciones, vinculaciones a proceso, imposición y modificación de medidas cautelares son consideradas de carácter urgente y quedaron excluidas de la suspensión de actividades.