No hay datos confiables sobre la gravedad del problema
Antonio González Vázquez
El gobernador del estado, Juan Manuel Carreras López, presentó al Congreso del Estado una iniciativa para crear la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas. Según el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, hasta agosto de 2020 se habían registrado 798 casos, de los cuales 271 siguen en situación de desaparición o no localización.
La Gaceta Parlamentaria de la sesión legislativa para este jueves contiene dicha iniciativa, a la cual se le dará turno a comisiones para su discusión y dictamen.
En su exposición de motivos, detalla la problemática nacional y estatal, en cuyo caso se admite que “no hay una cifra cierta u homologada sobre el número de desapariciones y sus modalidades”.
El Ejecutivo agrega que “la plataforma del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, que actualmente depende de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, no ha sido actualizada desde 2018”.
Añade que, en el caso de San Luis Potosí, “los datos de personas desaparecidas que refleja el Registro Nacional no son exactos, ya que la misma cifra se contempla desde el 2015, ello por la falta de información actualizada al Registro. Como muestra de la falta de información real, actualmente la Fiscalía Estatal reporta en sus registros 685 personas desaparecidas desde el 2000, sin embargo la cifra continúa en actualización”.
Precisa, además, que en el contexto nacional, el 6 de enero del año en curso, el Gobierno Federal, a través de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, presentó un informe sobre fosas clandestinas y registro nacional de personas desaparecidas o no localizadas.
Según ese informe, “del 1 de diciembre de 2018 al 31 de diciembre de 2019, se registraron un total de cinco mil 184 personas desaparecidas o no localizadas. De la consulta realizada al Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, se advierte que a nivel nacional se tienen registradas un total de 178, 478 personas desaparecidas, no localizadas y localizadas”.
La iniciativa destaca que, “respecto al Estado de San Luis Potosí, conforme al Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, hasta el mes de agosto de 2020 se habían registrado 798 casos, de los cuales 271 siguen en situación de desaparición o no localización”.
La Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas, según el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas que se propone, mantiene y fortalece la ya existente Comisión Estatal de Búsqueda de Personas y crea un Banco Estatal de Datos Forenses, el Registro Estatal de Personas Fallecidas y no identificadas, el Registro Estatal de Fosas y un Registro Administrativo Estatal de Detenciones.
La Fiscalía General del Estado tendrá, a su vez, la Unidad Especializada encargada de la investigación y persecución de los delitos de Desaparición Forzada de Personas y la cometida por particulares, en concordancia con el modelo federal.
La iniciativa, que contiene 102 artículos, señala en un artículo tercero transitorio, la obligación de que en noventa días a partir de la publicación del decreto, el ejecutivo deberá emitir el Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas, dejando sin efecto el Decreto Administrativo que creó esa Comisión en julio de 2018.