Redacción
El diputado de Morena, Antonio Lorca Valle, presentó al Congreso del Estado una iniciativa para reformar la Constitución Política del Estado con el objeto de incorporar la figura de revocación de mandato del titular del Poder Ejecutivo.
Aunque en la exposición de motivos el diputado refiere que se trata de un mecanismo de democracia participativa, que “tiene las virtudes de aumentar el involucramiento de los ciudadanos en el gobierno, consolidar los derechos relativos a la participación política, fortalecer la democracia y crear nuevos instrumentos para ejercerla”, los requisitos que pretende que cumplan las y los ciudadanos para poder solicitar la revocación de mandato, parecen estar en contra de ese propósito.
Lorca Valle plantea añadir a la Constitución un capítulo IV dedicado a la revocación de mandato en el que se establece que el procedimiento deberá ser convocado por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), a petición de un número de ciudadanos equivalente al menos al tres por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores y que sean habitantes de la mitad más uno de los municipios del estado.
Además de los requisitos anteriores, se debe cumplir con que las y los ciudadanos que soliciten en cada uno de los municipios que formen la mitad más uno, representen el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada municipio.
Como ejemplo, según datos del Ceepac actualizados al 2014, la lista nominal del estado se componía de 1 millón 801 mil 680 electores, lo que obligaría a que 54 mil 50 personas respalden la solicitud de revocación de mandato en todo el estado, esto, sin contar con que adicionalmente se necesitaría que en la mitad más uno de los 58 municipios del estado se alcance el tres por ciento de la lista nominal.
De igual forma, se debe considerar que la revocación de mandato que propone el diputado de Morena “se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional”, y la ciudadanía podrán recabar firmas durante el mes previo a la fecha señalada.
Respecto a la fecha de celebración de la consulta de revocación de mandato, la iniciativa prevé que no se pueda llevar a cabo en fecha que coincida con algún proceso electoral.
“Para que el proceso de revocación de mandato sea válido deberá haber una participación de, por lo menos, el cuarenta por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores. La revocación de mandato sólo procederá por mayoría absoluta”, establece la fracción IV del artículo 39 BIS que busca integrar a la Constitución.
La iniciativa de Lorca Valle será presentada en la sesión de Pleno del Congreso del Estado el próximo jueves.