Abelardo Medellín
La empresa Energreen San Luis S.A.P.I. de C.V. pretende cobrar 435 millones 497 mil 775.55 pesos al Ayuntamiento de San Luis Potosí, luego de que ganó una demanda por la rescisión del contrato de operatividad del tiradero de Peñasco. De momento, el caso se encuentra en un juzgado federal luego de que el Gobierno capitalino promoviera un juicio de amparo.
En 2020, el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA) determinó que el contrato celebrado entre el Ayuntamiento y Energreen San Luis debía rescindirse; dicha resolución fue confirmada el 5 de abril de 2022, después de que se presentó un recurso de apelación.
La firma del contrato
El 7 de abril de 2006 el Cabildo de la capital autorizó al presidente municipal, Octavio Pedroza Gaitán, para que solicitara al Congreso del Estado el permiso para contratar los servicios de captura, eliminación y aprovechamiento del gas metano que se produce en el tiradero de Peñasco y en el relleno sanitario de Santa Rita, por un periodo de hasta 15 años.
El Congreso del Estado autorizó al Ayuntamiento la contratación de estos servicios el 8 de julio de ese año, como quedó asentado en el decreto 530 publicado en el Periódico Oficial del Estado.
Dos años después de que se autorizara la búsqueda de la empresa que prestaría estos servicios de recolección y aprovechamiento, el 19 de diciembre de 2008 se dictó el fallo con el que resultaron adjudicados los contratos por estas actividades a las empresas: Energreen San Luis S.A.P.I de C.V. y Energreen S.A. de C.V., mismas que aportarían su experiencia en el ramo; Canromex S.R.L. de C.V., que aportaría la tecnología necesaria; y Acciones Residenciales San Miguel S.A. de C.V., que aportaría su solvencia económica.
El 29 de septiembre de 2009, días antes de que iniciara el trienio de Victoria Labastida Aguirre, se firmó un primer contrato para el diseño, suministro, instalación, construcción, operación y funcionamiento integral del proyecto por el que se buscaba la captura y/o aprovechamiento del biogás que se produce en los rellenos sanitarios de Peñasco y de Santa Rita, con miras a utilizar este gas para producir energía eléctrica alternativa.
El 7 de marzo de 2012 las empresas celebraron un convenio de terminación de contrato, en el cual se especificó que “por causas de utilidad pública” el Ayuntamiento no había entregado el predio de Peñasco y el tiradero acumuló más desechos que al inicio de los estudios; en consecuencia, se diluyó la asociación que las empresas formaron, dado que ya no eran válidas las técnicas para abordar la recolección del biogás.
El mismo día en que se concluyó el contrato, el Ayuntamiento celebró un segundo contrato exclusivamente con la empresa Energreen San Luis S.A.P.I de C.V., para cumplir con los mismos servicios que la administración solicitó anteriormente, por una vigencia de 15 años más.
En el contrato se estipulaba que una de las obligaciones del municipio era entregar al contratista el acceso a los sitios, pero no fijó una fecha exacta para dicha entrega, y se especificó que, si el municipio no garantizaba este acceso, sería un motivo de terminación anticipada del contrato.
Se estipuló que, en el caso de dicha terminación, el municipio “deberá indemnizar al contratista en lo que corresponde a la inversión y flujos de ingreso monetarios que dejare de percibir por la ejecución del proyecto”.
Energreen vs. El Ayuntamiento de SLP
El 27 de marzo de 2018, a seis meses de finalizar el trienio de Ricardo Gallardo Juárez, Energreen interpuso una demanda en contra del Gobierno Municipal ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA), con la cual se pretendía rescindir el contrato firmado el 7 de marzo de 2012 por el incumplimiento por parte del Ayuntamiento.
Con dicha demanda que se encuentra en el expediente 293/2019-2, la empresa pretende un pago total de 435 millones 497 mil 775.55 pesos, desglosados en 9 millones 301 mil 729.99 pesos por concepto de trabajos ejecutados y 426 millones 196 mil 45.56 pesos por concepto de gastos no recuperables.
Las omisiones en las que habría incurrido el Ayuntamiento según la demanda son: no entregar los sitios de disposición final, no haber nombrado apoderado de la obra, no entregar la documentación necesaria y la resistencia a modificar el contrato de entrega de energía eléctrica.
De acuerdo con la empresa, los trabajos ejecutados cuyo costo deberá cubrir el Ayuntamiento son: la rehabilitación de instalaciones, diseño y construcción de un laboratorio móvil, estudios exploratorios, construcción del Sistema de Captura y Quema de Biogás, puesta en operación del sistema de captura y la compra de una micro turbina para generar electricidad.
De igual forma, la empresa señaló que hubo un monto de gastos no recuperables relacionados con la adquisición de un terreno cercano a El Peñasco, honorarios, asesoría legal, servicios de vigilancia, gastos de oficina, seguros, operación de biogás, estudios de factibilidad técnica, mantenimiento, sobre costo financiero y utilidad.
En defensa y contestación a la demanda, el Ayuntamiento de San Luis Potosí argumentó que no había incumplido sus obligaciones, por lo que tildó la acusación de falsa, además de que solicitó la nulidad del contrato; así mismo, hizo notar que la cláusula 55 del documento especifica que los conflictos se arreglarían por común acuerdo, por lo que Energreen debió intentar conciliar previo a proceder con la demanda.
Además, el Ayuntamiento justificó que el contrato no fijaba plazo para entregar el terreno en cuestión, afirmó que había “oscuridad” en la demanda y aseveró que, pese a que la empresa se comprometió a financiar el proyecto, esta subcontrató servicios.
El 4 de diciembre de 2020 el TEJA dictó una resolución, misma que fue notificada tres días después a la segunda sindicatura de la administración de Xavier Nava Palacios.
En la resolución se declaró infundada la excepción de nulidad de contrato solicitada por el Ayuntamiento y determinó que este sería rescindido luego de haber acreditado que no cumplió con la entrega del lugar de los trabajos; en este sentido, el Tribunal determinó que la fecha indirecta de entrega debió ser el 15 de marzo de 2012, de acuerdo con los plazos especificados en la cláusula 10 de dicho documento.
El magistrado encargado del asunto dijo no tener los elementos probatorios idóneos para pronunciarse respecto al pago que el Ayuntamiento a debía hacer a Energreen por trabajos ejecutados y gastos no recuperables, por lo que la definición del finiquito a la empresa debía resolverse hasta que la sentencia quedara firme.
El 13 de enero de 2021, meses antes de que terminara el trienio navista, el Ayuntamiento interpuso un recurso de apelación en contra de dicha sentencia, misma que se resolvió hasta el 5 de abril de 2022, y que confirmó la condena al Ayuntamiento a rescindir el contrato y pagarle a la empresa.
No obstante, dicha confirmación emitida este año tampoco definió a cuánto ascendería el finiquito que debía pagar el Ayuntamiento, pero el Tribunal hizo hincapié en que la empresa pretendía recibir 9 millones 301 mil 729.99 pesos por concepto de trabajos ejecutados y 426 millones 196 mil 45.56 pesos por gastos no recuperables.
Sobre Energreen San Luis S.A.P.I de C.V.
La empresa Energreen San Luis S.A.P.I. de C.V. fue constituida en Monterrey, Nuevo León, por Mauricio Abaroa Martínez y Enrique Abaroa Martínez el 11 de noviembre de 2008, tan solo 38 días antes de que se firmara el primer contrato con el Gobierno Municipal, en el que intervinieron otras tres empresas.
Hoy en día, según el acta de la última asamblea llevada a cabo, la empresa está conformada por Mauricio Alonso Treviño Elizondo, presidente; Blas de Jesús Muñoz Gaytán, comisario; y como consejeros fungen Mauricio Abaroa Martínez, Juan Pablo Abaroa Martínez y Enrique Abaroa Martínez, este último es quien encabeza la acción legal contra el Ayuntamiento.
Un amparo contra la resolución
En entrevista con Astrolabio Diario Digital, el primer síndico municipal, Víctor Salgado Delgadillo, informó que la actual administración capitalina, encabezada por Enrique Galindo Ceballos, promovió hace tres meses un juicio de amparo en contra de la resolución emitida en abril por el Tribunal.
“A nosotros nos toca recibir la notificación de la resolución (…) el Tribunal considera que hay que rescindir el contrato y nos condena a que nos pongamos de acuerdo con el demandante para ver la afectación que se tiene y llegar a un acuerdo sobre el finiquito”, explicó.
Salgado Delgadillo comentó que la actual administración intentó promover una apelación ante el Tribunal, pero esta no se consideró y por ello se decidió promover un juicio de amparo ante los juzgados federales, mismo que ya fue admitido.
El síndico no reveló los argumentos contenidos en dicho amparo por motivos de la estrategia legal que mantiene el Ayuntamiento.
Salgado Delgadillo recordó que, como el asunto ha seguido su cause legal y la sentencia no ha quedado firme, hasta este momento el municipio no está obligado a pagar ningún finiquito.
“Lo que hemos hecho es emprender las acciones legales para defender las arcas municipales y que el daño que se haya hecho, sin ánimo de buscar culpables, sea el menor, porque la pretensión es una, pero el Tribunal no se ha manifestado respecto de la pretensión”, dijo el síndico.
Según Salgado Delgadillo, si el juicio de amparo no fuera favorable para el Ayuntamiento, este aún tendría la opción de ir por una revisión del amparo y si aun así se resolviera a favor de la empresa, habría que comenzar un proceso para cuantificar el finiquito adecuado que se pagaría a la empresa.
“Si llega a favorecer al Ayuntamiento, pues tendríamos que ver los términos en los que el juez de distrito otorga el amparo y si no fuera favorecedor para nosotros, insisto, desahogar el procedimiento de finiquito para cuantificar, hoy no hay una cantidad de la que se haga responsable el Ayuntamiento, hasta en tanto no se pronuncien los tribunales”, explicó finalmente Salgado Delgadillo.
¿Qué representa para el Ayuntamiento perder 435 mdp?
El cobro de más de 435 millones de pesos que pretende realizar la empresa Energreen representa un 12.82 por ciento del presupuesto de 3 mil 396 millones 102 mil 298.14 pesos que tiene el Ayuntamiento de la capital para este 2022.
Si el Ayuntamiento se viera obligado a pagar, perdería más del presupuesto destinado para la realización de obras públicas, que es de 423 millones 648 mil 185.84 pesos.
Para el pago de electricidad, agua, gas, teléfono, internet y el servicio postal en sus diferentes inmuebles, el Gobierno Municipal prevé un gasto de 167 millones 605 mil 168.51 pesos, cifra inferior a la cantidad que pretende la empresa.
Incluso el monto es mayor al destinado para las ayudas sociales, ya que para este rubro solo se destinan 165 millones 947 mil 252.54 pesos.
La cifra que pretende Energreen también es mayor a lo que el Ayuntamiento destinará para el rubro de materiales y suministros (179 millones 42 mil 984.03 pesos), con el que se adquieren combustibles, productos químicos y farmacéuticos, vestuario, herramientas, artículos de construcción, entre otros.
Así mismo, el monto representa el 77.14 por ciento del presupuesto asignado a desarrollo social que es de 564 millones 488 mil 61.13; con lo que se atienden gastos de protección ambiental, vivienda y servicios a la comunidad, recreación, educación y protección social.
De igual forma, el monto requerido por Energreen es 735.36 por ciento mayor al presupuesto total destinado para el rubro de Desarrollo Económico del Ayuntamiento, que para 2022 asciende a 52 millones 121 mil 14.50 pesos.
En el mismo sentido, pagar este finiquito de 435 millones de pesos, sería como pagar 4.8 veces el presupuesto que el Ayuntamiento destinará este año a pagar transacciones de deuda y adeudos fiscales, mismo que asciende a 91 millones 500 mil pesos.