Probable rebaja en multa a Xavier Nava

Sancionado, porque publicó imágenes de menores en actos de proselitismo en el PAN

Eduardo Delgado

En la sentencia del Tribunal Federal Electoral, que confirmó la multa impuesta por el tribunal local a Francisco Xavier Nava Palacios, por la publicación en su cuenta de Facebook de fotos en las cuales aparecen indebidamente niños en eventos como precandidato del Partido Acción Nacional a la gubernatura, se ordena a los magistrados potosinos considerar su condición económica para fijarle “correctamente la sanción”, con la precisión de que la nueva “no podrá” ser por una cantidad superior a la revocada.

Derivado de la denuncia del ciudadano Rigoberto Guzmán Medellín, contra Xavier Nava en su carácter de precandidato del Partido Acción Nacional a la gubernatura, y luego de las diligencias del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), el pasado 18 de marzo los magistrados locales le impusieron una sanción pecuniaria por la cantidad de 89 mil 620 pesos, equivalente a mil Unidades de Medida de Actualización (Umas).

El pasado martes 27 de abril, en sesión plenaria de la Sala Superior, los magistrados federales confirmaron la infracción, pero “revocaron” para que el órgano local requiera “exclusivamente” información económica del ahora candidato de Morena a la reelección como alcalde capitalino, e “individualice nuevamente la sanción”.

“En consecuencia, se revoca la resolución emitida por el Tribunal local, en el procedimiento especial sancionador TESLP/PSE/04/2021, exclusivamente para que individualice nuevamente la sanción, tomando en cuenta que las publicaciones objeto de la infracción se realizaron sólo en diciembre y para que se allegue de la información necesaria sobre la capacidad económica del actor, a efecto de que pueda individualizar correctamente la sanción”, precisaron.

En un plazo “razonable”, ordenaron en sentencia emitida en el expediente identificado con la clave SUP-JE-71/2021, el Tribunal local deberá resolver, pero “no podrá” fijarle una sanción mayor a la anulada, asentaron en el apartado de efectos de la resolución del caso.

https://www.te.gob.mx/Informacion_juridiccional/sesion_publica/ejecutoria/sentencias/SUP-JE-0071-2021.pdf

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