Estela Ambriz Delgado
La Oficina de Representación de Protección Ambiental de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en el estado resolvió declarar concluido y archivar el expediente de denuncia ciudadana por la devastación de flora y fauna en un predio del municipio Cerro de San Pedro, por falta de colaboración del Ayuntamiento.
En el documento firmado por la encargada de despacho, Marcela Hernández Arista, se hace del conocimiento de la ciudadana Guadalupe Pontón, quien denunció desde el mes de febrero la destrucción de plantas de hasta 100 años de vida en el predio de casi siete hectáreas, que el procedimiento se declara concluido ante la imposibilidad material de continuarlo.
“En razón de que no fue posible encontrar persona alguna que pudiera atender la diligencia de inspección, se giró el oficio PFPA/30.7/180/2023 de fecha 14 de junio de 2023 al H. Ayuntamiento de Cerro de San Pedro, SLP. (…) a fin de que, si dentro de sus registros existen permisos o licencias de construcción para continuar con la integración de la denuncia ciudadana, sin embargo, la citada autoridad no atendió la petición de colaboración”, justifica.
Asimismo, se señala que en una diligencia efectuada el 31 de mayo se observó en el predio que una superficie de aproximadamente cinco hectáreas se llevó a cabo la remoción parcial de la vegetación, no encontraron a persona alguna ni tampoco maquinaria.
Con ese argumento determinan que no era posible atender la diligencia y que no se apreciaba en el momento que se realizaba la destrucción.
Además, la autoridad se justificó al indicar que desconoce quién o quiénes realizaron la remoción de la flora, que el predio se ubica a doscientos metros del centro de población Real del Potosí, y se encuentran asentamientos humanos en sus alrededores.
En el acuerdo resolutivo destaca también que, a fin de agotar todas las diligencias de investigación, la Oficina de Representación presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República el pasado 18 de septiembre por la comisión presuntamente del delito de daño a los recursos naturales, flora o fauna silvestre, previsto en el artículo 418 del Código Penal Federal.