Proponen eliminación de reelección de presidente de la CEDH, equidad de género y ampliación de período a 5 años

Antonio González Vázquez

El presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y los integrantes del Consejo Ciudadano de esa institución proponen reformar la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en la que en su perspectiva de género, sugiere que la presidencia de la CEDH sea en un período para un hombre y en el siguiente inmediato, una mujer.

De 1992 que es el origen de la CEDH y hasta este 2019, la institución ha tenido seis presidentes y solo en una ocasión fue mujer, Magdalena González Vega.

Jorge Andrés López Espinosa, presidente de la CEDH y los integrantes del Consejo presentan su propuesta que se incluye en la Gaceta Parlamentaria de la sesión ordinaria de este jueves.

La iniciativa se divide en cuatro grandes enfoques: género, gobierno, derechos   y cultura indígena, así como equidad y discriminación.

Tal iniciativa de reformas a la Ley de la CEDH, dicen, parte de la última gran reforma de fondo a nivel nacional que data de 2011, así como por los nuevos principios y exigencias constitucionales.

En materia de equidad de género, se propone reformar la norma “alternar bajo un criterio de género la presidencia de la Comisión, de modo que cuando la Legislatura elija a una persona de determinado género, concluido su periodo, la siguiente elección deba recaer necesariamente en el género opuesto”.

De esta forma, agrega, “por cada hombre electo, la siguiente presidencia recaería en una mujer, y así alternadamente, logrando el equilibrio necesario y el acceso igualitario. Lo anterior, bajo la condición de que quienes aspiren a la presidencia y finalmente sean electos, tengan los méritos o cualificaciones establecidas en la propia Ley para ejercer el cargo, pues debemos subrayar, que no sólo se trataría de una cuestión de género, sino también de méritos”.

Con ello, en el eje de reformas para el gobierno de la CEDH, se propone la eliminación del concepto de reelección inmediata de “ombudsperson” (antes ombudsman) con lo cual se podrá acceder al tema de la presidencia de género.

Agrega algo más sobre la conveniencia de eliminar la reelección en la presidencia de la CEDH: “Otra ventaja que advertimos de suprimir la reelección inmediata, y que es de igual importancia que el tema de género, es que bajo el mecanismo actual toda persona que es electa como Presidente de la Comisión, si pretende su reelección, tiene comprometida su independencia. ¿Por qué? Porque la legislatura que lo reelegiría es juez y parte, ya que el Congreso no sólo es el elector, sino también sujeto a recomendaciones por la propia Comisión o incluso parte demandada en las acciones de inconstitucionalidad que la Comisión promueva contra leyes locales”.

Al eliminar la reelección como presidente y/o presidenta de la CEDH, se propone ampliar de 4 a 5 años el período de la presidencia.

En otra parte de la iniciativa de reformas, en el caso de derechos y cultura indígena “que la visitaduría general especializada en derechos de pueblos y comunidades indígenas, quede a cargo de una persona perteneciente a dichos pueblos“.

Expresa en ese sentido que “no podemos desconocer los importantes avances que en la materia se han dado en la lucha por abatir la discriminación con los miembros de los pueblos y comunidades indígenas, por lo que la propuesta en cuestión, no busca sino ser congruente en esa lucha.”

La iniciativa incluye reformas a once artículos de la Ley de la CEDH y tiene fecha del 31 de enero pasado.

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