Proponen homologar leyes de atención a víctimas en SLP

Fernanda Durán

El Congreso del Estado legislará la iniciativa que pretende que el Estado proporcione asesoría jurídica especializada como un derecho para las víctimas, así como el derecho de las víctimas a tener un periodo de espera y estabilización física y psicoemocional para rendir su declaración.

La iniciativa presentada por la diputada Emma Idalia Saldaña Guerrero tiene como objetivo armonizar la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado con las leyes generales en materia de derechos de las víctimas.

La legisladora plantea adicionar fracciones al artículo 7, 26, y reformar el artículo 99, de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado, además de reformar el artículo 4 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La propuesta pretende dar el acceso universal a la justicia para las víctimas a través de asesoría jurídica especializada que el Estado proporcione por su cuenta, por medio de convenios con organizaciones de defensa de derechos humanos pertenecientes a la sociedad civil o de instituciones privadas, debidamente especializadas y certificadas en el rubro de la representación y la asesoría en materia penal.

En cuanto al periodo de espera y estabilización física y psicoemocional, el Ministerio Público y los órganos jurisdiccionales tendrían que verificar que la víctima u ofendidos se encuentren en condiciones adecuadas para rendir su declaración con el objetivo de aportar elementos con mayor claridad.

En la propuesta de reforma se contemplan nuevos elementos en la reparación integral del daño, como la declaración de las autoridades aplicables que restablezca la dignidad y la reputación de la víctima y de las personas vinculadas a ella, a través de los medios que solicite, así como la disculpa pública de reconocimiento de hechos y aceptación de responsabilidad, en los casos en los que el delito participe un servidor público o una autoridad.

Si los servidores públicos o agentes estatales actúan a título oficial y cometen algún delito como feminicidio, violencia familiar, sexual, secuestro, homicidios, o de determinadas violaciones a derechos humanos, el daño a las víctimas será resarcido por el Estado.

En la modificación a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se incluye la ampliación al concepto de la violencia institucional, lo que adiciona la utilización de estereotipos de género entre los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno, que constituyan ese tipo de violencia.

La iniciativa será analizada en tres comisiones legislativas: Justicia, Derechos Humanos e Igualdad de Género.

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