Quebrantan 15 municipios en SLP Ley de Transparencia: CEDH

  • Promovió Acción de Inconstitucionalidad ante la SCJN

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) presentó una Acción de Inconstitucionalidad en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN, por la violación al Derecho de Acceso a la Información Pública en 15 municipios del Estado, entre ellos Matehuala, Rioverde, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, en los que considera “excesivo” el cobro de documentos requeridos por usuarios a través de solicitudes de peticiones de datos públicos.

En comunicado de prensa, el organismo protector de las garantías individuales refirió que el pasado 30 de diciembre en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado aparecieron publicadas las leyes de ingresos de los 58 ayuntamientos para este año.

De entre las cuales refirió el caso particular de 15 municipios por el “cobro excesivo” en la reproducción de documentos solicitados a través de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, “quebrantando la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública”.

“El ejercicio del derecho de acceso a la información es gratuito y sólo podrá requerirse el cobro correspondiente a la modalidad de reproducción y entrega solicitada”, reproduce el artículo 17 de la norma reglamentaria en materia de transparencia.

Enseguida enuncia los 15 municipios:

Alaquines, Charcas, Cd. Fernández, Ébano, Matehuala, Rioverde, Real de Catorce, San Antonio, San Ciro de Acosta, San Luis Potosí, Soledad, Tamazunchale, Tamuín, Tanlajás y Tanquián de Escobedo.

Ayuntamientos que “mantienen altos costos en la reproducción de documentos y donde destacan cuotas de conceptos como copias fotostáticas simples desde los 3.50 pesos hasta los 80.60 pesos”.

Además de “la entrega de información en disco compacto desde 6.00 pesos hasta 806.00 pesos, así como información entregada en memoria electrónica USB proporcionada por el solicitante desde 6.00 pesos hasta 406.00 pesos”.

“Por lo que dicha acción de inconstitucionalidad se basa en la violación a los derechos y principios fundamentales de: Principio de gratuidad de la información pública; derecho de acceso a la información pública y principios de proporcionalidad y equidad tributarias.

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