Ministro de la Corte la desechó por su “notoria y manifiesta improcedencia”
Eduardo Delgado
“Por notoria y manifiesta improcedencia”, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el recurso interpuesto por un grupo de diputados locales, contra la ratificación y designación de Javier Delgado Sam para integrar el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, pues resultó no ser un acto impugnable.
El pasado 22 de septiembre, el legislador Edgardo Hernández Contreras, del Partido Verde Ecologista de México, hizo pública la presentación de acción de inconstitucionalidad suscrita por nueve congresistas, después de que el 26 de agosto del año en curso el Congreso del Estado aprobó por mayoría la ratificación de Delgado Sam.
El ministro instructor, Alberto Pérez Dayán, la rechazó por “notoria y manifiesta improcedencia”, pues advirtió que el acto legislativo cuestionado no es “una norma de carácter general”, sino relativo a la designación de un miembro del Consejo de la Judicatura.
El recurso fue desechado el 24 de septiembre, pero este viernes fue publicada en la lista de notificaciones de trámite de controversias de constitucionalidad y de acciones de inconstitucionalidad de la Corte la “imposibilidad” de hacerles saber a los inconformes:
“El auto de veinticuatro de septiembre del año en curso, mediante el cual se desecha de plano, por notoria y manifiesta improcedencia, la acción de inconstitucionalidad que hacen valer; toda vez que el domicilio señalado para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad es incierto”. En consecuencia, se ordenó notificárselos “en su residencia oficial”, la sede del Poder Legislativo.
En la resolución del expediente 261/2020, el ministro Pérez Dayán expuso que el acto legislativo cuestionado por los representantes populares “no constituye materialmente una norma de carácter general para efectos de su impugnación”.
Se trata, señaló, de la ratificación de la designación de Javier Delgado, hecha por el Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, cuyo acto “no reúne las características de generalidad, abstracción e impersonalidad, ya que no se dirige a un grupo general e indeterminado de personas”, asentó.
Por ende, al tratarse de un caso individual y concreto, “no tiene el carácter de ley en sentido material”. En consecuencia, abundó, la acción intentada “no es susceptible de impugnación en este medio de control constitucional”.
En su momento, al hacer público el desacuerdo de un bloque de legisladores, el diputado Edgardo Hernández se reservó la identidad de sus compañeros, pues arguyó que prefirieron mantenerse en el anonimato.
Los otros ocho son: Los panistas Ricardo Villareal Loo, José Antonio Zapata Meraz y Rolando Hervert Lara. De Morena: Marité Hernández Correa, María del Consuelo Carmona Salas y Edson de Jesús Quintanar Sánchez. La perredista María Isabel González Tovar y del Movimiento Ciudadano Eugenio Guadalupe Govea Arcos.