Abelardo Medellín
La organización no gubernamental (ONG) Renace Capítulo San Luis Potosí presentó el amparo indirecto que promovieron en compañía de una ciudadana para judicializar el incumplimiento en el estado de la Alerta de Violencia de Género (AVG).
En rueda de prensa, Celia García Valdivieso, activista y directora del Centro de Derechos Humanos “Samuel Ruíz García”, explicó que en 2015 la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) realizó el “Informe especial sobre la situación de respeto de los derechos humanos de las mujeres en San Luis Potosí en el caso de los feminicidios”, a partir del cual se rescatarían las cifras y problemáticas de la entidad en este tema, para que luego se solicitara la declaración de la Alerta de Género el 21 de junio del 2017.
Según Valdivieso, la declaratoria de AVG que se logró para seis municipios partió de que se pudo identificar que hubo un aumento en casos de feminicidios que pudieron ser prevenidos, si la autoridad hubiera atendido denuncias previas de violencia.
Sin embargo, luego de cuatro años desde que se activó la AVG, este mecanismo ha demostrado no ser eficaz “en dos temas específicos: en el tema de la atención a mujeres víctimas de violencia y en el tema del acceso a la justicia”, afirmó Celia García.
Según la activista, el tema de acceso a la justicia se puede dividir además en dos partes: “la parte de la procuración de justicia que está en las fiscalías y la parte de la impartición de justicia que está en los juzgados. En esos dos espacios, como un embudo, los asuntos se atoran y se vuelve como un clientelismo de víctimas y no hay una ruta clara”.
Durante la rueda de prensa se explicó que Sandra, una residente del municipio de San Luis Potosí, fue quien promovió el amparo indirecto con el acompañamiento de Renace capítulo San Luis el 4 de noviembre del 2019.
Dicho amparo parte del supuesto de que la AVG no funcionaba como debía, situación que advirtieron luego de revisar las primeras reuniones del grupo interdisciplinario que le daba seguimiento a la Alerta de Género, y a partir de solicitudes de transparencia a la Fiscalía General del Estado (FGE) y al Gobierno del Estado.
Luego de conseguir pruebas del deficiente funcionamiento de la alerta, se decidió judicializar la situación a partir de dos objetivos: verificar que no se cumplía la AVG, y de no ser así, que el Poder Judicial de la Federación analizara si se desempeñaba efectivamente el instrumento.
Renace y las testigos especializadas revelaron que las autoridades del estado y del municipio de San Luis Potosí señalados como responsables en la demanda de amparo, expresaron que no tenían ninguna responsabilidad y que sí se había cumplido, además de que no eran encargados del cumplimiento.
Pese a ello, el asunto se resolvió definitivamente en agosto del 2021 y la jueza encargada concluyó lo siguiente:
“Cualquier mujer residente del Estado de San Luis Potosí, puede promover una demanda de amparo para que las autoridades cumplan con las medidas de la Alerta de Violencia de Género, debido a que cualquier mujer dentro de la entidad puede ser víctima de la inminente violencia feminicida” (foja 43 de la sentencia).
Sara, la promovente, comentó que la jueza resolvió que el Gobierno del Estado deberá instrumentar políticas públicas eficaces relacionadas con la justicia, capacitación, reparación simbólica y otros rubros.
“Se tienen que hacer campañas de sensibilización, trabajar con hombres, jóvenes y adultos en la cuestión de la prevención de la violencia, y sobre todo como reintegrar agresores, nuevas masculinidades, cómo hacer sociedades mucho menos agresivas”, comentó Sara.
Por su parte, José Mario de la Garza Marroquín, presidente de la ONG Renace, afirmó que debe haber una mayor reflexión respecto de la intervención del Poder Judicial en estos asuntos:
“Yo propondría que la sentencia se analizara como un tema propositivo de participación de poderes y de la sociedad civil de forma conjunta, y si la sentencia se entiende con esta propuesta de ser un punto de partida propositivo (…) puede servir mucho a la nueva administración”.
Según Juan Mario de la Garza, este tipo de sentencias le dan una oportunidad sin precedentes en México, para que en el estado potosino se construya un nuevo mecanismo que fortalezca “la democracia participativa” y no debe ser tomada por la autoridad como una sentencia “confrontativa”.