Abelardo Medellín
El retirar a los manifestantes agremiados al Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores del Gobierno del Estado (SITTGE) de las inmediaciones del Palacio de Gobierno para la realización de la Procesión del Silencio fue una “medida provisional”, ordenada por el juez, afirmó la presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), María Manuela García Cázares.
De acuerdo con la presidenta del STJE, el remover a los manifestantes de la Plaza de Armas de la capital fue en apego a lo dispuesto en el artículo 111 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
“Lo considera como una medida provisional”, señaló.
García Cázares negó que el juez de control que ordenó retirar a los manifestantes haya puesto el derecho al libre tránsito por encima del derecho a la libre manifestación.
“Lo que pasa es que el artículo 111 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece como medida precautoria el que se restituya y así se hizo”, explicó.
Al cuestionar a la magistrada presidenta si, en el mismo tenor que se retiraron los manifestantes, podría promoverse un recurso legal para solicitar que se remuevan las vallas metálicas colocadas al frente de Palacio de Gobierno, García Cázares contestó:
“En este caso lo libró el ministerio público (…) serían circunstancias de las que no tenemos carpeta, acá sí teníamos carpeta (…) habría que analizar las circunstancias de cada caso”.