Por: Redacción
La reforma al artículo 99 de la Ley de Transporte Público del Estado aprobada por el pleno, prohíbe el uso de torniquetes, pasarelas u cualquier otro aditamento o equipo instalado a bordo de los autobuses, que entorpezca el libre acceso de los usuarios.
El Diputado Francisco Martínez Ibarra afirmó que dicha modificación establece que tanto pasarelas como torniquetes exclusivamente se podrán instalar para el control del acceso de pasajeros en paraderos debidamente establecidos, siempre y cuando todos los dichos elementos, estén equipados con acceso independiente adaptado para el acceso de personas con discapacidad.
En la exposición de motivos del dictamen por el que se aprobaron las diversas modificaciones a esta Ley del Transporte, indica que el funcionamiento de los torniquetes a bordo de los autobuses, independientemente de la barrera que constituyen para el libre acceso a los usuarios, son causa de molestia e inseguridad para el ascenso de los pasajeros.
Se indica que al menos 10 rutas en la ciudad operan sin torniquetes, utilizando el sistema de conteo de pasajeros a través de barras electrónicas, por lo que la viabilidad de este sistema ha quedado sobradamente demostrada, haciendo innecesario el uso de torniquetes a bordo de los autobuses.
Además, señala que se ratifica la obligatoriedad en el uso de vehículos que no exceden los 10 años de antigüedad.