Le ordena revisar elección de director de asuntos indígenas en Ayuntamiento capitalino
Eduardo Delgado
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SMR-TEPJF) anuló la resolución del Tribunal local que desechó la impugnación interpuesta en contra de la convocatoria para ocupar la dirección de la Unidad de Atención a Pueblos Indígenas en el Ayuntamiento capitalino.
Con el argumento de que los inconformes promovieron un amparo federal y que de este se derivó la convocatoria, el pasado 15 de febrero el Tribunal Electoral del Estado avaló el proyecto propuesto por el magistrado Rigoberto Garza de Lira, por el que sobreseyó el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano identificado con la clave TESLP/JDC/67/2019.
En sesión celebrada por la tarde de este jueves, los magistrados de la SMR-TEPJF consideraron incorrecto el sobreseimiento dictado por sus pares en San Luis Potosí, porque establecieron que “la substanciación de un juicio de amparo es independiente de la cadena en materia electoral”.
Además, se destaca que en el caso -registrado en la Sala Regional con la clave SM-JDC-14/2020-, la invitación “es un acto de naturaleza electoral que debe ser analizado” en el tribunal local, y que la designación del director debe ser “estudiada” por el órgano jurisdiccional, presidido por la magistrada Yolanda Pedroza Reyes, porque es un acto consecuencia de la emisión de la convocatoria.
En suplencia del magistrado Yairsinio David García Ortiz, el secretario de Estudio y Cuenta de la sala regional, Ricardo Castillo Trejo, resaltó en su intervención que la demanda “fue auxiliada por la Clínica de Litigio Estratégico de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, porque vemos que las instituciones de educación superior, además de formar profesionistas, logran que estos tengan acceso a este tipo de litigios”, que pueden llegar a “tener una trascendencia mayor”, abundó.
La creación del departamento dedicado a los asuntos indígenas en el Ayuntamiento encabezado por el alcalde Francisco Xavier Nava Palacios, “nació de la orden de un juicio de amparo”, pero la convocatoria está inscrita en el ámbito electoral, subrayó.
No obstante, señaló, el tribunal local desechó el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano porque los promoventes solicitaron y obtuvieron la protección de la justicia federal, lo cual “no puede constituir una causal de improcedencia del juicio ciudadano”, precisó.
A su vez, la magistrada Claudia Valle Aguilasocho sostuvo que el juicio es respecto del proceso de elección y derivó del amparo, de manera que en la convocatoria se estableció la consulta a los pueblos originarios, “y eso es lo que se reclama”, puntualizó.
Desde el año 2013, citó, existe jurisprudencia de la Sala Superior del TEPJF que “señala que la promoción de un juicio de amparo no interrumpe un recurso en materia electoral”, de modo que el Tribunal local deberá revisar el procedimiento por el que en diciembre del año pasado fue designado Zenón Santiago Cervantes como titular de la Unidad de Asuntos Indígenas en el Ayuntamiento capitalino.
Por su parte, el magistrado presidente de la SRM, Ernesto Camacho Ochoa, reconoció que, “a veces, estos son asuntos ´frontera´ y llegan a incidir o coexistir con distintas vías, y por eso en un momento pudiera creerse que no son materia de amparo”, finalizó.
Enseguida dio paso a la votación, cuyo resultado fue unánime en pro de la revocación de la resolución del tribunal local, de modo que este deberá examinar de manera íntegra el procedimiento por el que se designó a Zenón Santiago.
.