Leticia Vaca
Las empresas que no se hayan registrado ante el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) y difundan encuestas públicamente podrían ser acreedoras a una sanción administrativa o una multa, advirtió Zelandia Borquez Estrada, integrante del Pleno del órgano electoral.
Para el caso de los candidatos y candidatas, explicó la consejera, las sanciones podrían ir desde una amonestación hasta la pérdida del registro como aspirantes a un cargo de elección popular.
Explicó que el Ceepac lo único que pide tanto a las empresas como a los candidatos que vayan a difundir resultados de encuestas, “es que se registran y atiendan la disposición legal para que puedan difundir la información que quieren difundir la ciudadanía; el único requisito es registrarse para que se conozca la metodología y podamos tener certeza de cómo trabajan y de que los resultados que tengan sean confiables y que la ciudadanía no se confunda”.
Al no cumplir con los requisitos, refirió, la legislación electoral prevee sanciones administrativas que van desde una amonestación pública a una multa, para las encuestadoras.
En el caso de los partidos políticos o candidatos, si se pretende hacer pública una encuesta y existe una infracción en materia de propaganda a través de la encuestadora, aclaró que “la ley electoral prevé diversas sanciones, pero depende de la gravedad de la infracción para que sea aplique; la mínima es una amonestación o multa, y la más grave, la pérdida del registro como candidato”
Por último, agregó, las encuestadoras, además de registrarse ante el Ceepac y presentar la metodología empleada, deben informar quién costeó el estudio.
En el mes de abril las únicas empresas que prestaron sus encuestas ante la Secretaría Ejecutiva del Ceepac son Massive Caller S.A. de C.V, Demoscopia, El Financiero, FactoMétrica y C&E Campaigns & Elections México.