Abelardo Medellín
Jueces y magistrados de todo el país, tanto de nivel local como federal, estarán obligados a publicar todas las sentencias que dicten en los casos que resuelvan y ponerlas a disposición de la ciudadanía, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitiera una sentencia en respuesta a un amparo promovido por la organización civil #LoJustoEsQueSepas, el pasado miércoles 3 de febrero.
El amparo otorgado por la primera sala de la Corte declara que son inconstitucionales aquellas normas que permiten a los jueces y magistrados mantener sus sentencias como privadas; el amparo fue promovido en 2018 por el colectivo zacatecano #LoJustoEsQueSepas, luego de que impartidores de justicia de Zacatecas no publicaran sus sentencias por “no considerarlas de interés público”.
La sentencia responde, además, a la reforma que tuvo el artículo 73 de la Ley General de Transparencia en agosto del año pasado, la cual determinaba que todos los poderes judiciales debían publicar sus sentencias; sin embargo, a la fecha sigue vigente la ley anterior, ya que se fijó un plazo de 180 días para que la nueva ley entrara en vigor, situación que el colectivo reclamó dentro de su demanda.
¿QUÉ TAN TRANSPARENTE ES EL PODER JUDICIAL DE SLP?
En 2015, el año en que entró en funciones la administración del gobernador Juan Manuel Carreras López, el colectivo #EsJustoQueSepas y el colectivo “Equis Justicia para Mujeres”, publicaron un estudio titulado “VERIFICACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE TRANSPARENTAR SENTENCIAS JUDICIALES: Diagnóstico de Situación”, donde buscaban dar cuenta “de la opacidad y el secretismo con el cual trabajan juezas y jueces a lo largo y ancho de nuestro país”, y es a la fecha el instrumento más preciso en lo que refiere a la revisión de transparencia de poderes judiciales estatales.
En el estudio se reveló que ningún estado de la república obtuvo un nivel “satisfactorio” de cumplimiento a las leyes de transparencia y publicación de sentencias; para el caso específico de San Luis Potosí, obtuvo una calificación general de “regular”, por tener información “incompleta, desactualizada o inaccesible”.
En lo que refiere a la actualización de información e información completa, San Luis Potosí formó parte del 78 por ciento de las entidades cuyos portales de transparencia no permitieron la corroboración de las actualizaciones por la “inexistencia de sentencias publicadas”.
En contraste, el estado formó parte del 53 por ciento de entidades donde sí se publican ciertas sentencias en sus portales, pero el estudio especifica que dichas publicaciones no implican que se cumpla con todos los criterios de transparencia, pues aún tiene deficiencias; por ejemplo, las que tienen que ver con información como aquella que refiere al número de sentencias publicadas en la página Web del Poder Judicial, rubro donde el estado potosino formó parte del grupo de 10 entidades que no revelan el número de estas sentencias.
De igual forma, la información de sentencias publicadas por el Poder Judicial en San Luis Potosí ha demostrado no estar actualizada según el estudio; lo anterior de acuerdo con el rubro de “Principio de Oportunidad y Permanencia”, donde se especifica que la entidad potosina pertenece a las 22 entidades que no tuvieron una evaluación positiva en materia de actualización, esto debido a tres factores: no hay sentencias publicadas; donde sí hay sentencias publicadas, el buscador y la forma de presentación de la información hace imposible conocer ese dato o la información del número total de sentencias emitidas no se indica en el portal.