Siete puntos para entender el Sistema Nacional Anticorrupción

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Ciudad de México, (21 de abril de 2015).- Este martes 21 de abril, el Senado prevé aprobar las reformas de ley para crear el Sistema Nacional Anticorrupción, con lo que se busca alcanzar estándares de “buen gobierno” y tendría una figura para elcombate a la corrupción similar a las de países como Ecuador, Corea del Sur, España o Australia.

En medio de casos de conflicto de interés por parte del presidente Enrique Peña Nieto, su esposa Angélica Rivera y su secretario de Hacienda, Luis Videgaray, por ser beneficiarios de propiedades por parte de contratistas del gobierno, según revelaciones periodísticas, los diputados y senadores legislan un sistema capaz de enfrentar este tipo de casos.

Aunque actualmente existen diferentes instancias para el combate a la corrupción, como la Auditoría Superior de la Federación o la Secretaría de la Función Pública, tiene alcances limitados. El titular de esta última, Virgilio Andrade, nombrado por el presidente, reconoció que en el caso de La Casa Blanca la facultad de la dependencia solo incluye la investigación de los contratos gubernamentales, pero no podrá verificar los contratos de carácter mercantil.

Otro caso reciente es el uso de bienes públicos para actividades ajenas a la administración gubernamental, como ocurrió con el extitular de la Comisión Nacional del Agua, David Korenfeld, que utilizó un helicóptero de la dependencia para viajar con su familia, y cuya renuncia llegó antes que los resultados de la investigación por parte de la Función Pública.

Investigadores han advertido que a la Secretaría y a la Auditoría les faltan “dientes”, es decir, facultades para hacer efectivo el combate a la corrupción. Por ello, se pretende dar más atribuciones, según el dictamen aprobado por las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Anticorrupción y Participación Ciudadana, de Gobernación y de Estudios Legislativos aprobaron el jueves 16 de abril.

Los legisladores buscan que el Sistema Nacional Anticorrupción sea una instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno para la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.

Estos son siete puntos clave en el dictamen del Senado:

  • El Sistema Nacional Anticorrupción funcionará a través de un Comité Coordinador integrado por los titulares de la Auditoría Superior de la Federación, de la fiscalía responsable del combate a la corrupción, de la Secretaría del Ejecutivo Federal responsable del control interno, por el Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Comisionado Presidente del IFAI, un representante del Consejo de la Judicatura Federal y otro del Comité de Participación Ciudadana.
  • Se otorga a la Auditoría Superior de la Federación la facultad de realizar auditorías en tiempo real, es decir, durante el ejercicio fiscal en curso, derivado de denuncias, para investigar y sancionar de manera oportuna posibles actos irregulares. También podrá hacer auditorías sobre posibles actos irregulares cometidos en ejercicios fiscales anteriores.
  • La Auditoría Superior de la Federación podrá fiscalizar los recursos transferidos a los estados a través de dicha figura de “participaciones federales”. Esto permitirá fiscalizar todo el gasto público, que actualmente tenía esa salvedad.
  • El Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, impondrá las sanciones a los servidores públicos por las responsabilidades administrativas que la ley determine como graves y a los particulares que participen en actos vinculados.
  • Se propone ampliar el plazo de prescripción siete años por las faltas administrativas graves, con lo que se pretende que la prescripción sea transexenal.
  • Contra el conflicto de interés, los senadores proponen que los servidores públicos presenten de manera obligatoria, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes.
  • El nombramiento del secretario de la Función Pública será ratificado por el Senado, con la intención de que quien ostente el cargo obedezca a intereses generales con absoluta imparcialidad.

Fuente: Animal Político

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