Fernanda Durán
La Fiscalía General de la República (FGR) explicó que solo le corresponde integrar el cuatro por ciento de la información sobre los delitos del fuero común contenidos en el Banco Nacional de Datos Forenses (BNDF), el cual tiene 40 días hábiles para que sea establecido tras la orden de un juez.
En respuesta a la demanda de amparo presentada por Olimpia Montoya, hermana de Marco Antonio Montoya Juárez, desaparecido en Guanajuato, acompañada por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Prodh), un juez Primero de Distrito ordenó a la FGR crear y poner en funcionamiento el BNDF en un plazo de 40 días.
El artículo 119 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada (LGD) implica la habilitación del BNDF que, de acuerdo con la FGR, es una herramienta nacional de búsqueda, identificación de personas e investigación de delitos, que concentra bases de datos forenses de entidades federativas y de la federación, así como de aquellas instituciones que tengan información forense relevante.
Por esta razón, la Fiscalía informó que el Banco de Datos ya está integrado con alrededor de 160 millones de datos federales y locales sobre delitos del fuero común, de los que cuatro por ciento “son de la competencia de esta institución” y 96 por ciento a entidades federativas, hasta ahora conformado por 27 de ellas en la Base de Datos Ante Mortem/Post Mortem (Base AM-PM).
Además, en el comunicado se explica que la Base Nacional de Información, la cual integra códigos genéticos y otras seis bases de datos, proporcionará 158 millones de datos al BNDF, en los que han participado 25 estados del país.
En cuanto al Registro Nacional de Detenciones, la institución aseguró que tiene la conexión directa con los usuarios autorizados para informar sobre todos los detenidos, desde el inicio de la vigencia de esta ley.
Mientras que en el caso de las huellas dactilares y palmares, estas ya se encuentran contenidas en el Sistema Automatizado de Identificación de Huellas Dactilares (AFIS).
El organismo autónomo argumentó que espera completar los datos necesarios para la búsqueda e identificación de personas cuando el resto de estados de la República compartan su información, y que el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Registro Nacional de Población (Renapo) entreguen los datos fotográficos, huellas dactilares y domicilios reportados.
“Asimismo, en el orden federal, están pendientes de compartir la información respectiva: la Secretaría de Educación Pública; el Servicio de Administración Tributaria; el Instituto Nacional de Migración; y la Secretaría de Salud”.
Con respecto al amparo, Centro Prodh y Olimpia Montoya reportaron que la FGR ha incumplido su obligación de crear y poner en operación esta herramienta de identificación, pese a que desde 2017 la LGD estipula que operar el Banco es una obligación a cargo de dicho organismo.
Por ello, en el fallo el juzgador consideró la falta de esta herramienta como una limitante para la búsqueda de personas desaparecidas; además, determinó que su inexistencia es resultado de la inactividad y falta de coordinación interna de la Fiscalía.