Eduardo Delgado
El Tribunal Electoral del Estado (TEE) fue emplazado para resolver en tres días hábiles si admite el juicio relativo a la integración de la Junta Directiva de la Unidad de Atención a Pueblos Indígenas del municipio de la capital, y de admitirlo, dictar sentencia en los siguientes diez días hábiles.
El primer plazo empezará a contar a partir de que le sea notificada la sentencia dictada el pasado martes en la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPFJ), en el expediente SM-JDC/27/2022, consultado este lunes.
El pasado martes, la magistrada Claudia Valle Aguilasocho y el magistrado Ernesto Camacho Ochoa avalaron la resolución propuesta por la magistrada en funciones Elena Ponce Aguilar, en el sentido de revocar la sentencia por la que el TEE desechó la impugnación de los inconformes, con el argumento de que fue interpuesta fuera del plazo legal.
La resolución del tribunal local fue dictada el pasado 11 de marzo, cuando la magistrada Yolanda Pedroza Reyes y el secretario de Estudio y Cuenta en función de magistrado, Víctor Nicolás Juárez Aguilar, aprobaron la propuesta de sentencia de la magistrada presidenta, Dennise Adriana Porras Guerrero.
Los magistrados de la Sala Regional Monterrey la anularon y, en el apartado de efectos de su sentencia, le ordenan al tribunal local resolver primero, en tres días hábiles, si admite el juicio, sin pasar por alto que las causas de improcedencia solo se concretan de “forma notoria y evidente”.
En caso de admitirlo, le instan a “dictar la sentencia de fondo dentro del plazo de diez días hábiles”, luego de valorar si el Ayuntamiento notificó o publicitó diversos actos del cabildo, del interés de los quejosos.
Además, le instruyen a sujetar su actuación a la Constitución Federal, “pudiendo incluso suplir la deficiencia de la queja en caso de que se adviertan violaciones evidentes en perjuicio de las personas promoventes”, le precisaron.
Los inconformes, Ambrocio Santos Valentín, Jesús Martínez Rivera y otros, reclaman no haber sido notificados de diversos actos del cabildo capitalino, presidido por el alcalde Enrique Francisco Galindo Ceballos, para la conformación de la Junta Directiva, pese a ser miembros del comité organizador de la elección.
Por tanto, el TEE debe resolver si el cabildo omitió notificarles de diversos actos y en consecuencia resolver si les asiste o no la razón.
De resultar procedente el reclamo, se anularía la integración de la Junta Directiva, a cuyos miembros se les tomó protesta el pasado 28 de marzo.
Antecedentes
El 12 de noviembre del año anterior, en sesión del cabildo, en presencia de representantes de las comunidades indígenas Mixteca Baja, Mazahua, Triqui, Náhuatl, Tenek y Otomí; y los representantes del Frente Unión Pueblos Originarios Tének, se trató la propuesta de que la Unidad de Atención de Pueblos Indígenas se integrara de forma colegiada con diez integrantes.
El 9 de noviembre, a propuesta de los pueblos y comunidades indígenas, el cabildo aprobó por unanimidad la emisión de la convocatoria para la conformación de la Junta Directiva, publicada el 10 de enero de este año en el Periódico Oficial del Estado (POE), en la Gaceta Municipal y en Estrados Municipales.
Los inconformes impugnaron el 18 de enero y el 11 de marzo el TEE desechó la demanda, cuya resolución rebatieron los inconformes, de modo que el pasado martes la Sala Regional del TEPJF revocó la resolución de tribunal local.