Abelardo Medellín
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito emitió un requerimiento por el cual conmina al gobernador Ricardo Gallardo Cardona, al Poder Legislativo y a la Secretaría de Finanzas del Gobierno de San Luis Potosí, a cumplir con la resolución del amparo 722/2022, promovido por representantes de personas con discapacidad.
Según lo resuelto dentro del juicio de amparo, el Gobierno y el Congreso del Estado fueron omisos en realizar una consulta previa, estrecha, activa, libre, abierta, informada, incluyente y participativa para la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo (PED).
Derivado de la resolución que otorgó el amparo y, por tanto, protección federal a los promoventes, el juzgado pidió en un documento fechado al 5 de enero pasado, que en un plazo de tres días a partir de la notificación del requerimiento, el Gobierno cumpla, en primer lugar, con invalidar la consulta previa que se realizó para la elaboración del PED.
De acuerdo con el contenido del requerimiento, el Gobierno de San Luis Potosí también deberá emitir “una nueva convocatoria dirigida a las personas con discapacidad, niñas y niños con discapacidad y organizaciones que los representan, en la que se establezcan las reglas, plazos razonables y procedimientos para participar, con lenguaje comprensible, en formato de lectura fácil y claro, el cual deberá ser comunicado de manera amplia, accesible y por distintos medios”.
Además, se estableció que en la elaboración de una nueva consulta se deberá convocar de manera directa al grupo de personas quejosas que promovieron el amparo, para que también se tomen en cuenta sus opiniones.
El requerimiento precisa que, de no cumplir con lo que contempla el amparo, las autoridades responsables serían acreedoras de una multa equivalente a 100 Unidades de Medida y Actualización vigente.